El Gobierno prorroga las ayudas a autónomos afectados por la dana
El Ejecutivo central anuncia la ampliación de la prestación por cese extraordinario de actividad para trabajadores por cuenta propia

Limpieza de un comercio afectado por la dana / Levante-EMV
El Gobierno prorrogará el cese extraordinario de actividad para los autónomos afectados por la dana que tuvieron que parar o suspender su actividad a consecuencia de la catástrofe. Así lo ha anunciado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, este jueves en un acto en Madrid, donde ha confirmado que esta prestación se ampliará en el tiempo para que se mantenga la protección de los trabajadores por cuenta propia afectados. El cese de actividad les permitirá "continuar asegurando sus ingresos o facilitar su reincorporación gradual a la actividad en cuanto les sea posible", según asegura el ministerio en un comunicado.
“Desde el minuto cero pusimos en marcha un conjunto de medidas muy importantes para proteger a los afectados por la dana. El Gobierno de España se comprometió, y así queda demostrado, a desplegar toda la ayuda que haga falta todo el tiempo que sea necesario”, ha señalado Saiz.
Este anuncio desactiva las advertencias que ya estaban llegando desde la Generalitat. El president Carlos Mazón había criticado minutos antes el "silencio" del Gobierno acerca del futuro de esta ayuda, advirtiendo del "drama inasumible" que implicaría su fin para los autónomos, que denunció que están "olvidados" por el Ejecutivo central.
Tres meses después de la dana, el total de personas que se han acogido a esta prestación extraordinaria de la Seguridad Social asciende a 4.227 personas, informó el ministerio. Una prestación que puede ser, por un lado, parcial (si el 75% de la facturación se genera en las zonas afectadas por la DANA) o total.
Beneficiarios y cómo solicitarlo
Los trabajadores autónomos podrán acceder a la prestación de cese de actividad aunque no tengan el periodo mínimo de cotización exigido, que normalmente es de 12 meses, y sin que les reduzca sus prestaciones en el futuro (es decir, lo que se conoce como contador a cero). Esta protección se reconocerá también a los autónomos con tarifa plana.
Es posible también solicitar el cese de actividad temporal parcial si el 75 % de la facturación se genera en localidades afectadas por la dana, aunque no se haya generado el tiempo previo cotización y mientras duren los efectos sobre la actividad profesional. El Gobierno recuerda además que la ayuda "no reduce la duración ni la cuantía de las prestaciones del futuro", que se contabiliza "como tiempo cotizado", y que está sujeta a una exoneración total de cuotas a la Seguridad Social
La solicitud debe realizarse en la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que tenga cubierta esta contingencia el trabajador autónomo. En el caso de los autónomos con tarifa plana, en el momento de la solicitud tendrán que formalizar la adhesión con dicha mutua.
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