Tribunales

La jueza rechaza la querella de «Hazte oir» para investigar a Pilar Bernabé por la dana

La magistrada de Catarroja que investiga los 227 fallecimientos responde a la entidad de ultraderecha que la competencia de la Emergencia es «autonómica» y no estatal

La delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, sale del Cecopi junto a José María Ángel (comisionado) y Virginia Barcones (directora general de Protección Civil)..

La delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, sale del Cecopi junto a José María Ángel (comisionado) y Virginia Barcones (directora general de Protección Civil).. / Levante-EMV

València

La jueza de Catarroja que investiga la dana comunicó ayer su decisión de inadmitir la querella que presentó la asociación de ultraderecha «Hazte Oir» contra la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, a la que pedía citar como investigada por los 227 fallecidos de la dana del 29 de octubre, entre otras diligencias solicitadas y ahora rechazadas. 

Una imputación que la entidad ultracatólica perseguía desde el 14 de noviembre, la fecha en la que está datada la querella en que dirigía únicamente contra la actual delegada del Gobierno. Yque primero presentó en los juzgados de instrucción de València y que recayó, por turno de reparto, en Instrucción 10, que también la inadmitió por un defecto de forma. Aunque finalmente la querella de Hazte Oir acabó en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja, cuya titular comunicó ayer su decisión de inadmitirla.  

La magistrada que investiga la dana argumenta su decisión en que «el fundamento de la querella formulada por la asociación Hazte Oir es que la delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana no instó al Ministerio del Interior la declaración de emergencia de interés nacional», según el auto notificado a las partes personadas.

«La cuestión estriba -señala la magistrada en su auto- si la alegada omisión constituye la base de la atribución de los homicidios y lesiones cometidos por imprudencia grave, objeto de la investigación en este procedimiento, a la delegada del Gobierno. La respuesta ha de ser necesariamente negativa».

«Asociar a la delegada del Gobierno la responsabilidad en los fallecimientos y lesiones imprudentes del día 29 de octubre, cuando la competencia en materia de protección civil es autonómica y la inactividad se produjo en dicho ámbito, carece de cualquier asidero legal», señala la magistrada en el auto que no es firme y puede ser recurrido ante el propio juzgado o en apelación ante la sección segunda de la Audiencia de València, que será la que tenga que examinar todos los recursos de la dana. 

La magistrada razona en su auto, dictado y notificado ayer a las partes, que la posibilidad de declarar la emergencia de interés nacional está prevista en la ley de 2015 del Sistema Nacional de Protección Civil, se puede acordar por el Ministerio de Interior por propia iniciativa, e igualmente a instancia de las comunidades autónomas. Aunque acto seguido la magistrada señala que «no consta que se haya ejercitado idéntica acción penal [por parte de Hazte Oir] contra el Ministro del Interior o contra cualquier autoridad autonómica con competencias en materia de emergencias».

Además, también recalca la magistrada que la declaración de emergencia de interés nacional «ni se acordó de oficio por la administración central ni tampoco se solicitó por ninguna de las partes legitimadas, Delegación del Gobierno o la comunidad autónoma, ni el 29 de octubre ni los días siguientes». 

En cualquier caso, aclara la magistrada en su auto,. «el Estatuto de Autonomía [de la Comunitat Valenciana] establece como competencia exclusiva de la Generalitat la protección civil». Una competencia en la que «el Consell es el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil en la Comunitat Valenciana en el ámbito de sus competencias», según la ley de 2010, de 23 de noviembre, de Protección Civil y Gestión de Emergencias. Y, añade, «a la conselleria competente en materia de protección civil le corresponde ejercer el mando único de la emergencia dirigiendo los planes de protección civil». 

Y aunque, señala la magistrada, «cuestión distinta fue la situación que se desencadenó a posteriori, cuando ya se había constatado un altísimo número de fallecidos, las poblaciones estaban devastadas, faltaban recursos esenciales como luz, agua, teléfono, las calles de alguna poblaciones acumulaban tal número de coches que las personas no podían circular por ellas, el barro lo inundaba todo, las carreteras estaban impracticables, puentes derribados, no había servicio de tren ni metro, se producían pillajes y los voluntarios suplían la tardanza en la ayuda». Aunque, a pesar de esta situación, la jueza que investiga la dana señala que «existió consenso a nivel autonómico y central en que no procedía la declaración de emergencia nacional». 

Y, apunta la jueza, «al objeto de alertar a la población no era preciso instar la declaración de emergencia nacional. Se podía realizar perfectamente desde el ámbito autonómico que estaba asumiendo las competencias en materia de emergencias». 

Por último, la magistrada también dictó un segundo auto en el que decretó el sobreseimiento libre de una denuncia por daños materiales provocados por la dana, de la que se había inhibido en su favor el Juzgado de Instrucción 15 de Valencia, al tiempo que hace expresa reserva de acciones ante la jurisdicción contencioso-administrativa. En el mismo auto la magistrada informa que la causa ya suma más de 160 de los 224 fallecidos registrados oficialmente, tras aceptar las inhibiciones de diversos juzgados de València, Picassent, Alzira y Torrent.

«En el Cecopi se insistió en subir a las plantas altas»

La delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, aseguró que el día de la dana en el Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi) se habló «insistentemente de advertir a la población de que se desplazaran a plantas altas», pero «eso no apareció en el mensaje» que finalmente se emitió a las 20.11 horas del 29 de octubre. Así lo manifestó a preguntas de los periodistas sobre lo ocurrido en el Cecopi el día de la dana, si bien ha resaltado que «todo eso se dirimirá en sede judicial».

Cabe destacar que la instrucción está poniendo toda la atención en los avisos a la población. La jueza de Catarroja insiste en la falta de avisos a la población sobre lo que ocurría. «Constituye nexo común en los fallecimientos, el desconocimiento total y absoluto de la situación de riesgo, lo que llevó a las víctimas muchas de ellas de la tercera edad, a permanecer en plantas bajas, bajar a los garajes, permanecer simplemente en las calles, circular con sus vehículos. La remisión del mensaje a través del sistema ES Alert a las 20:11 horas se limitaba a instar a que se evitaran desplazamientos, mensaje manifiestamente tardío y erróneo», insistía en el auto conocido ayer.

«Si estuvieran las grabaciones del Cecopi, que llevo reclamando desde el primer día, esto nos lo estaríamos ahorrando. Se nos dijo que las reuniones del Cecopi se grababan pero cuando las hemos pedido nos dicen que no había obligación y nunca se grabaron», añade. Según Bernabé, «alguien tendrá que responder de por qué dijeron que se grababan esas reuniones y ahora resulta que en el momento más importante de la historia de nuestra Comunitat no hay grabaciones».

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