DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER

El caso Rubiales o cómo el "yo sí te creo" no ha llegado a los tribunales

Cuestionar la credibilidad de la víctima sigue siendo el eje de los procesos judiciales por agresión sexual al recaer la carga de la prueba sobre su testimonio

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Eduardo Ripoll

València

La sentencia condenatoria que impone el pago de una multa de 10.800 euros a Luis Rubiales como autor de un delito de agresión sexual por el beso no consentido a la futbolista Jenni Hermoso durante la entrega de medallas en la final del Mundial, el 20 de agosto de 2023, no ha cambiado las reglas del juego en los tribunales ante una denuncia por delitos contra la libertad sexual. Fuera de la expectación generada dados sus protagonistas y el momento en el que se produjo el delito –tras la final del Mundial femenino–, los interrogatorios cuestionando la credibilidad de una supuesta víctima de un delito sexual se suceden a diario en cualquier sala judicial. La propia presunción de inocencia, principio básico en un Estado de Derecho, obliga a ello para poder demostrar la culpabilidad de un agresor sexual, aunque en muchas ocasiones se rebasan los límites convirtiendo a la víctima en el objeto de cuestionamientos que no afectan directamente al hecho enjuiciado.

Cuatro psicólogas del Instituto de Medicina Legal de València, encargadas precisamente de valorar con informes periciales la credibilidad del testimonio de víctimas de delitos contra la libertad sexual, debatían esta semana al respecto. En los juicios por agresión sexual todo gira en torno a la víctima. Señalan que el lema: «hermana, yo sí te creo» es falso en la práctica de un proceso judicial. Toda la carga de la prueba recae la mayor parte de las veces en la propia víctima, la cual «es criticada y juzgada», señala una de las especialistas. «Cuando dicen que basta con que una víctima denuncie para que sea creída es mentira. ¡Menudo proceso judicial tienen que pasar!». «Todo lo tiene que probar, todo lo tiene que demostrar, y más de una se arrepiente de haberlo judicializado», apunta otra psicóloga.

Se produce una doble victimización. Por un lado, por la agresión sexual que sufrieron y, por otro, con el periplo judicial hasta demostrar que decían la verdad. «Algunas se preguntan si vale la pena denunciar y pasar por todo esto y que te despellejen de esa manera», advierten.

Para que el testimonio de una víctima sea considerada prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia requiere de tres requisitos. Ausencia de incredibilidad subjetiva, que no se aprecie un móvil espurio, de resentimiento, enemistad o venganza. Verosimilitud, con corroboraciones periféricas como pueden ser testigos directos o indirectos de los hechos denunciados o un parte médico por ejemplo . Y la clave en la que puede estar la diferencia entre una absolución y una condena a su agresor, la persistencia en la incriminación. Si la víctima mantiene un relato coherente, sin contradicciones ni ambigüedades, la condena a su violador está asegurada.

Un 70 % son creíbles

Un 70 % de los informes de credibilidad a las víctimas de delitos sexuales realizados en el Instituto de Medicina Legal de Valencia refrendan la verosimilitud del testimonio de la víctima. Un 25 % serían informes indeterminados, cuando no se puede establecer si es creíble o no. Y solo un 5 % de los casos son de no credibilidad. Habitualmente responden a cuestiones relacionadas con el estado mental de la denunciante o en víctimas menores que estén influenciadas por alguno de sus progenitores.

Respecto al hecho de que un beso sea calificado de agresión sexual, las especialistas, acostumbradas a ver agresiones de todo tipo y algunas de ellas especialmente violentas, no comparten una misma opinión. «El término es tan fuerte, que el hecho de sentirse agredida sexualmente por un beso es peor para tu recuperación, te victimiza más», señala una. «A las cosas hay que llamarlas por su nombre, depende de la percepción que tenga cada víctima y de los factores protectores», puntualiza otra.

Y se da el caso contrario, de víctimas de felaciones o introducción de dedos que ellas mismas no se consideran que han sido agredidas sexualmente al no haber sido penetradas. «No, si violarme no me violó», es una frase que escuchan a menudo en casos con acceso carnal no realizado con el pene pero que conlleva la misma responsabilidad penal, recuerda una de las especialistas. Atribuye esta circunstancia al hecho de que les «hace sentirse mejor» y a que la víctima no comprende la trascendencia de ese acto, y «eso le ayuda en su recuperación».

La imagen de la víctima

En lo que sí coinciden las cuatro es en que «no hay una respuesta única ante una agresión sexual» y que se tiene que terminar con la idea de la imagen de la víctima perfecta. No se le puede cuestionar por el hecho de irse a celebrar la consecución del título, como en el caso de Jenni Hermoso, o cuando se aportan fotografías de fiesta días después de sufrir una agresión sexual.

Se espera que cuando los juzgados especializados en violencia sobre la mujer asuman los delitos sexuales, a partir del próximo 3 de octubre, su especial sensibilidad con respecto a las víctimas ponga fin a cuestionamientos innecesarios como el tipo de ropa que vestía o su vida privada antes y después del hecho enjuiciado. Aunque para ello se requiere de más medios materiales y personales, ya que, como han advertido en un escrito firmado por 136 jueces de todo el país, la ampliación de competencias con todas las formas de violencia contra las mujeres, incluida la trata con fines de explotación sexual, podría llevar al colapso y a no poder atender debidamente a las propias víctimas. Para evitar esta situación el Gobierno anunció ayer que aumentará un 50% el número de jueces especializados en violencia.

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