"La Conselleria no ejecuta la sentencia y eso significa recibir 300 euros en lugar de 2.300"
El TSJ le da la razón a una familia y obliga al Consell a concederle la ayuda del asistente personal infantil a un adolescente con autismo tras otorgarle el grado 2 de dependencia
La familia es afectada de la dana y lamenta que la conselleria "en lugar de acelerar el proceso, lo retrase"

Mónica Ros

M. está a punto de cumplir 14 años pero su desarrollo es el de un niño de apenas 6. Tiene autismo severo (junto a otros diagnósticos) y un grado de discapacidad reconocido del 60% así que cuando la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (con el gobinero del Botànic) le concedió un grado 1 de dependencia su familia presentó un recurso. Fue en 2021. Ante la negativa de la Administración a aumentarle el grado de dependencia la familia inició la vía judicial y el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) dictó sentencia en julio de 2024, tres años después. La abogada de la familia, Sandra Casas, solicitó una aclaración de sentencia que fue realidad en noviembre y que especifica que M. tiene derecho a recibir la prestación de "asistencia personal con el importe correspondiente al grado 2". Eso significa, en la práctica, pasar de los 300 euros que la familia recibe en la actualidad a 2.300 euros para contratar a una persona que acompañe a M. en su día a día.
La cuantía no es baladí y es crucial para una familia que es, además, afectada de la dana. Pero la prestación no llega. Y es que la ahora Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda no ejecuta la sentencia ya que no tiene obligación de hacerlo hasta el 10 de marzo. "El padre de M. presentó por registro de entrada en la Conselleria la sentencia de julio. Ni le contestaron. La Administración del buen trato le niega el grado que le corresponde a un menor con discapacidad y ahora dice que no ejecutará la sentencia hasta que no sea firme. Eso es a partir del 10 de marzo porque cabe recurso y se acogen a los plazos de la dana, una medida prevista para favorecer a los afectados por la tragedia, no para perjudicarles. En esta caso, lo lógico sería acortar los plazos, no alargarlos".

Yolanda y Oscar abrazan a M., su hijo de 13 años. / J.M. López
El padre de M. se llama Óscar y tiene una peluquería. Por las noches trabaja como repartidor de comida a domicilio. Su mujer, Yolanda, le ayuda en el negocio familiar y los fines de semana trabaja en un restaurante. De esta forma intentan aumentar sus ingresos mientras han reducido sus gastos al mínimo. La riada se lo llevó todo por delante. Literal. A la pérdida económica y emocional se suma el traslado de la familia al domicilio de los abuelos paternos. Los abuelos maternos también viven con ellos al verse obligados a abandonar su casa "de siempre" tras una enfermedad que les ha convertido, también, en dependientes.
Adiós a las rutinas
Sin embargo, el matrimonio explica que lo más duro de la tragedia fue cómo la riada afectó a M. un adolescente con un autismo severo que tiene en sus rutinas y en sus lugares de confianza su bienestar. "Para M. estar fuera de su zona de confort son palabras mayores así que ver arrasada su casa y tener que trasladarse a otra vivienda y a otro colegio ha sido muy duro. La vida para nosotros no es sencilla. Hemos luchado y sufrido mucho para conseguir la ayuda que M. necesita. Pero ni así conseguimos que cumplan la sentencia. Se suponía que tenían que cumplir la sentencia en diciembre así que tuvimos que contratar a un asistente personal infantil y pagarla nosotros. Eso significa que cada mes tenemos que afrontar 2.300 euros y ya no sabemos cómo hacerlo. La tardanza en ejecutar la setencia nos está perjudicando. No es justo porque los que estamos esperando somos personas", explica Óscar Poveda, el padre de M. Sandra Casas, su abogada, concluye: "No es justo ni es digno sacar pecho por haber resuelto los expedientes de dependencia de los afectados por la dana y tener a una familia afectada esperando la ejecución de sentencia. Esta familia necesita lo que es suyo. No hablamos de caprichos. Hablamos de derechos".
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