El blindaje de las ayudas sociales del Botànic enfrenta a PSPV y sindicatos con el Consell
Sindicatos y oposición critican que se elimine ahora que los servicios sociales sean un "derecho subjetivo" igual que lo es educación y sanidad con cambios en la ley de acompañamiento
El Consell afirma que los cambios son para suprimir "malas practicas" en la regulación de los créditos ampliables y que la renta de inclusión y la dependencia "están garantizadas"

Imagen de archivo de protesta en València por recortes en Servicios Sociales. / Loyola Pérez de Villegas.

En los presupuestos se destina determinada cuantía para prestaciones como la ayuda a la dependencia o la Renta Valenciana de Inclusión (RVI) y cuando se agota la partida, esta se amplía para que todo el mundo que tiene derecho a ella la pueda cobrar. Ahora bien, la fórmula legal que permite que esto sea así, por ley y no por decisión política, ha generado discrepacia entre gobierno, oposición y sindicatos, que realizan diferentes lecturas de una serie de modificaciones realizadas en la ley de acompañamiento (es decir, el proyecto de ley de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera; y de organización de la Generalitat de 2025).
UGT y PSPV aseguran que el Consell ha suprimido el "blindaje" que suponía que las ayudas sociales deban ser abonadas (haya o no crédito previsto) tras figurar como un "derecho subjetivo" del ciudadano como lo es el derecho a la Educación o a la Sanidad. En un infoeme de UGT consta que ese cambio lo han hecho mediante el artículo 72 del proyecto de ley que suprime y deja sin contenido el artículo 44 de la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de Renta Valenciana de Inclusión. En éste artículo se indica que "los créditos destinados a satisfacer el pago de las prestaciones económicas reguladas en esta ley tendrán el carácter de créditos ampliables en el presupuesto de la Generalitat". "Eliminar este artículo supone eliminar el carácter de crédito ampliable en este tipo de prestaciones económicas, quedando sometido el derecho de las personas solicitantes a la existencia de crédito suficiente", aseguran.
Además, también hacen referencia al artículo 75 del proyecto de ley que modifica el artículo 32 de la Ley 3/2019. "No se puede hablar de derechos subjetivos si los créditos no son ampliables, pues los derechos subordinados a la voluntad de la Administración de poner más o menos dinero para costearlos, no son subjetivos", recalcan. Por último, destacan el artículo 77 del proyecto de ley que elimina el apartado segundo del artículo 105 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana, que actualmente dispone: "2. Los créditos que la Generalitat consigne para la financiación de las prestaciones garantizadas tendrán la consideración de ampliables, de acuerdo con el que establezca la normativa presupuestaria." De ese modo, "se elimina la obligación de que en la ley de presupuestos de cada año se garanticen estas prestaciones", especifican.
Desde el Consell lo niegan y realizan otra interpretación basada en una ley anterior. "El régimen jurídico básico de los créditos ampliables se recoge en el artículo 48 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, donde expresamente se dice que 'tendrán la condición de ampliables los créditos destinados a atender obligaciones específicas del ejercicio que, de modo taxativo, se relacionen en ley anual de presupuestos de la Generalitat".
"Partiendo de este mandato, lo único que se ha pretendido con las modificaciones introducidas en el proyecto de ley de acompañamiento es suprimir todas aquellas regulaciones que de acuerdo con una mala práctica o técnica normativa regulaban los créditos ampliables en leyes especiales, como puede ser la de Renta Valenciana o de Servicios Sociales, en contradicción con lo expresado en la mencionada Ley 1/2015, de 6 de febrero. En consecuencia, es en el proyecto de ley de Presupuestos para 2025 donde, como tradicionalmente se venía haciendo y exige la normativa, se incluye la relación anual de créditos que tienen la naturaleza de ampliables, concretamente en el de renta valenciana de inclusión y en las prestaciones garantizadas de servicios sociales".
Así, las modificaciones en la Ley de Medidas se realizan "ante la necesidad de resolver una mala práctica o técnica normativa, puesto que contravenía lo expresado en la Ley 1/2015, de 6 de febrero (esto es, que es mediante la Ley de Presupuestos donde ha de establecerse la condición de créditos ampliables en leyes especiales como puede ser la de Renta Valenciana o de Servicios Sociales)", afirman.
Y añaden: "El supuesto 'blindaje' de la condición de ampliables para estos créditos que el anterior Consell introdujo en la Ley de Medidas no era tal, pues aunque no se hubiera modificado la Ley de Medidas, la ampliabilidad de estos créditos debe ser fijada en la Ley de Presupuestos, tal y como fija la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública. Por lo tanto, el cambio en la ley de medidas viene motivado únicamente por la necesidad de eliminar una duplicidad que se ha producido desde 2017 y cumplir la mencionada ley 1/2015.
En resumen, para el gobierno de Carlos Mazón la reforma, "tenía como objeto únicamente mantener la coherencia entre la normativa jurídica de carácter financiero y el resto de normas de la Generalitat, pero en ningún caso se ha planteado dejar de dotar del carácter de ampliables a los créditos que dan cobertura a los derechos sociales subjetivos de los ciudadanos de la Comunitat Valenciana".
Puntualización a la contra
Desde UGT, sin embargo, puntualizan: "El proyecto de ley aduce que es un mandato de la Ley 1/2015, de Hacienda Pública, de la Generalitat, cuando en realidad esta Ley reconoce como créditos ampliables los que así se definan en la ley de presupuestos de la Generalitat. Además, la Ley 47/2003, General Presupuestaria, da la condición de ampliables a los créditos destinados a atender obligaciones derivadas de normas con rango de ley, como en este caso sería la Ley de renta valenciana de inclusión y la Ley de Servicios Sociales"
El PSPV, por su parte, asegura que los ambios normativos persiguen "fulminar el blindaje legal de las prestaciones sociales para los más vulnerables, que en un futuro podrían quedarse sin ayudas si se acaba la partida presupuestaria". La coportavoz socialista de Servicios Sociales en Les Corts, Silvia Gómez, explica que los créditos ampliables “garantizaban por la ley general que todos los valencianos y las personas más vulnerables no se pudiesen quedar jamás sin una ayuda y pudieran tener cubiertas sus necesidades más básicas”.
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