La jueza de la dana rechaza que Argüeso declare por videconferencia "por la gravedad de los hechos"
No ve acreditadas la "dificultad de personarse en el juzgado” y la “ausencia de razones de orden público ni de seguridad”
Señala que las víctimas se desplazan al juzgado para facilitar el trabajo "desde otras poblaciones, a pesar de la grave afectación anímica, y alguno con grave dificultad física"

El exsecretario de Emergencias Emilio Argüeso. / EFE/ Kai Försterling
La jueza de la dana rechaza la petición del ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, de declarar como investigado por medios telemáticos el próximo 11 de abril, según acaba de informar el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
La jueza basa su decisión en la “gravedad de los hechos objeto de la investigación, homicidios y lesiones imprudentes”, el elevado número de fallecidos, la “intervención de un gran número de partes” en la causa, la “falta de acreditación de dificultad alguna al objeto de personarse en el juzgado” y la “ausencia de razones de orden público ni de seguridad” que justifiquen que esa declaración no se lleve a cabo de forma presencial.
La magistrada explica en el auto notificado hoy a las partes que "la posibilidad de llevar a cabo la declaración mediante medios telemáticos y no en la sede del juzgado, no es procedente en el presente caso". Porque, justifica, "ha de atenderse a la gravedad de los hechos objeto de la investigación, homicidios y lesiones imprudentes, el altísimo número de fallecidos, 227 y una desaparecida, la aplicación del art. 142 bis del Código Penal, la intervención de un gran número de partes, la falta de acreditación de dificultad alguna al objeto de personarse en el Juzgado y la ausencia de razones de orden público ni de seguridad que justifiquen que no se lleve a cabo presencialmente".
Posibilidad de desplazarse
Y añaden que "nos encontramos en fase de instrucción y la posibilidad de desplazarse es perfectamente posible, no siendo necesaria la utilización de auxilio judicial, ni tampoco de sistemas telemáticos al objeto de recibir declaración al investigado".
La magistrada añade también que "es de reseñar que la práctica totalidad de los familiares de los fallecidos y perjudicados están compareciendo presencialmente en la sede de este juzgado, pese a su grave afectación anímica, alguno de ellos incluso con grave dificultad física, desplazándose desde otras poblaciones, facilitando en todo momento la labor de este órgano judicial. Es por ello que procede denegar la declaración mediante medios telemáticos del investigado Emilio Argüeso".
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