El Consell esquiva otro frente con el Gobierno por su decreto urbanístico

Las enmiendas vía Corts quitan la vinculación de suspender licencias hasta que el Estado no haga una serie de obras hidráulicas

Derribo de viviendas en Chiva declaradas en ruina junto al barranco del Poyo

Derribo de viviendas en Chiva declaradas en ruina junto al barranco del Poyo / EFE

Diego Aitor San José

Diego Aitor San José

València

El Gobierno de España y el Consell volverán a verse en torno a una mesa en el marco de una comisión bilateral. Esta vez, por el decreto impulsado por el Ejecutivo autonómico de medidas urbanísticas para afrontar la reconstrucción tras la dana. No obstante, y a diferencia de lo que ha ocurrido con la ley de Concordia donde todo apunta a que finalmente su futuro se dirimirá en el Tribunal Constitucional, lo más probable es que la tinta no llegue a los tribunales y el encuentro se podrá sellar con un apretón de manos y hasta la próxima, que seguramente no quede muy lejos.

Según publica este miércoles el Diari Oficial de la Generalitat, el Gobierno de España ha activado el artículo 33.2 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional para citar al Consell a una comisión bilateral porque una de sus normas invade competencias estatales. Es el decreto ley 20/2024, del 30 de diciembre, en el que se contemplan cambios legislativos en materia urbanística para "favorecer las labores de reconstrucción tras los daños provocados por la dana", y más en concreto, su disposición transitoria segunda.

En esta, según el decreto ley impulsado por la Conselleria de Medio Ambiente, se establece la suspensión de procedimientos urbanísticos "hasta el momento en que la Administración General del Estado apruebe una relación programada de obras hidráulicas a realizar, valoradas económicamente, con objeto de eliminar el riesgo de inundación en los municipios afectados por la dana", precisamente que son los planes urbanísticos que afecten a suelos en situación básica rural y las Declaraciones de Interés Comunitario en suelo no urabnizable que figure como inundable.

Estos aspectos son los que se consideraban en el Ministerio de Política Territorial que invadían las competencias estatales. No obstante, esta disposición ya no está recogida en la ley de esta manera. Este decreto-ley entró en vigor en diciembre, pero los grupos parlamentarios obligaron a que este se tramitara como proyecto de ley en las Corts, es decir, que se pudieran presentar enmiendas. Lo curioso es que lo que pudo verse como una derrota parlamentaria, ahora puede evitar el frente judicial, ya que es aquí donde llegó el cambio.

Cambios vía Corts

De hecho, fue el PP el que planteó un cambio en esta disposición transitoria segunda, modificando su sentido. Así, ya no se suspenden los procedimientos urbanísticos ni se menciona la relación de obras del Estado, sino que se señalan una serie de reglas para estos procesos hasta que se revise Patricova, el Plan de acción territorial de carácter sectorial sobre prevención del riesgo de inundación en la Comunitat Valenciana.

En este sentido, fuentes del departamento que dirige Vicent Martínez Mus consideran que estos cambios introducidos vía parlamentaria ya permitirían salvar el escollo que había fijado el Gobierno central y que pese a que se ha convocado esa comisión bilateral, quizás no llegan ni a reunirse. Es más, inciden en que la propia convocatoria de la comisión bilateral señala al decreto-ley 20/2024 mientras que tras su paso por las Corts, y su aprobación en el pleno el pasado 10 de abril, la norma ya es oficialmente la ley 2/2025.

"La fricción legal ya está soluciona", remarcan fuentes de la conselleria. Falta por ver si el Gobierno central considera que esto es así y da su visto bueno a los cambios. Ante un asunto tan técnico, como era una disposición adicional, y sin apenas calado político (que es donde suele llegar la confrontación como ocurre con la ley de Concordia), no creen que vaya a haber mucho más problema.

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