Bruselas avisa de que podría tomar "medidas" contra la nueva ley de la huerta del Consell

La reforma de la normativa aprobada por la Generalitat abre la puerta a instalar áreas deportivas o edificar en zonas degradadas que suman 3.800 hectáreas

Imagen de archivo de la huerta en la ciudad de València con la Ciudad de las Artes al fondo.

Imagen de archivo de la huerta en la ciudad de València con la Ciudad de las Artes al fondo. / José Manuel López

Efe/Laura Ballester

Bruselas/València

La comisaria europea de Medioambiente, Jessika Roswall, dijo este jueves , en respuesta a una pregunta parlamentaria sobre los cambios que incluye la nueva Ley de la Huerta de la Generalitat Valenciana, que la Comisión Europea está supervisando la situación y avisó de que podría "tomar las medidas oportunas".

La modificación de la normativa, como publicó Levante-EMV, permitirá la instalación de zonas deportivas en determinadas áreas de huerta (que se encuentre degradada, pero con cierto nivel de protección y que suman 3.800 hectáreas), según recoge el nuevo texto.

"En su labor de guardiana de los Tratados, la Comisión seguirá vigilando la situación y podría decidir tomar medidas apropiadas", señaló la comisaria a raíz de una pregunta escrita de la eurodiputada de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) Diana Riba i Giner. Riba i Giner pidió a la Comisión su opinión sobre las modificaciones previstas en la normativa valenciana.

La eurodiputada argumentó que "la huerta de València es un sistema agrario histórico reconocido por la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, por sus siglas en inglés) y desempeña un papel clave en la producción alimentaria, la sostenibilidad ambiental y el patrimonio cultural valenciano" y que la red Natura 2000 protege parte de esa zona.

"No existe legislación de la UE sobre la conservación de paisajes tradicionales ni que exija resiliencia climática en zonas vulnerables. Sin embargo, la huerta de Valencia está parcialmente incluida en la Red Natura 2000, protegida por las Directivas de Hábitats y de Aves", respondió la comisaria.

Subrayó que los espacios Natura 2000 o que sean parte de ellos "solo pueden ser reclasificados bajo condiciones muy estrictas y están protegidos por (...) la Directiva de Hábitats".

Además, "todo proyecto, plan o programa que pueda tener efectos significativos en el medioambiente deberá cumplir los requisitos pertinentes de las directivas sobre evaluación de impacto ambiental o sobre evaluación ambiental estratégica," dijo Roswall.

La responsabilidad de la legislación europea

No obstante, la comisaria hizo hincapié en que la principal responsabilidad del cumplimiento de la legislación europea recae en los mismos Estados miembros, y recomendó que "las vías de recurso disponibles en la legislación nacional serían el mecanismo más adecuado para abordar los casos individuales de posible incumplimiento".

Roswall también recordó que los Estados miembros deben presentar antes de mediados de 2026 sus planes nacionales "que muestren cómo cumplen los objetivos" establecidos por la nueva ley de restauración de la naturaleza, incluyendo ecosistemas urbanos y agrícolas.

El pasado febrero, el Consell que preside Carlos Mazón aprobó la modificación de la Ley de la Huerta y su Plan de Acción Territorial (PAT) de Ordenación y Dinamización.

La Generalitat argumentó que el objetivo de los cambios era "abordar carencias y obstáculos surgidos desde la aprobación de la ley de 2018 y que se han visto agravados por la dana del pasado 29 de octubre y que esas circunstancias exigían acciones inmediatas para facilitar la rehabilitación y reconstrucción de la huerta y para preservar y dinamizar el territorio en respuesta a las nuevas necesidades emergentes".

Áreas deportivas en zonas degradas

No obstante, como publicó Levante-EMV, la reforma de la ley de la huerta abre la puerta a instalar zonas deportivas en las áreas de huerta con nivel 3; es decir, degradada pero con cierta protección, según el nuevo texto legal impulsado por las conselleries de Territorio, Agricultura y Hacienda.

La reforma incluye la modificación del artículo 35 de la ley de la huerta que regula los «estándares urbanísticos». En el apartado 1, regula los «sectores de recuperación de huerta» que son solares degradados donde se obliga a recuperar la actividad agrícola en «las dos terceras partes del ámbito delimitado, como mínimo, sin que quepan otros usos, construcciones ni instalaciones que los vinculados directamente a la explotación agraria de los terrenos». El tercio restante sí puede transformarse urbanísticamente.

Unas «instalaciones deportivas singulares» que deberán aprobarse mediante «un plan especial para cada caso y sin que ello suponga cambio de la clasificación del suelo» (es decir, permanecería rústico) lo que abre la puerta a instalar campos de golf. El nuevo párrafo del artículo 35 de la ley de la huerta sí añade que «la superficie ocupada por la edificación no excederá nunca del 4 % de la superficie del ámbito destinado a uso deportivo».

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