La jueza de la dana critica los "recesos" en el Cecopi: "se dejó fuera a miembros con absurdas razones no explicables"
La magistrada rechaza la petición de las víctimas de investigar a Miguel Polo (CHJ) y tres altos cargos de Emergencias
Señala que "es incompatible quejarse de la falta de información y decisión por otras personas y al mismo tiempo excluir de la reunión [del Cecopi] a quien supuestamente había de proporcionarla y decidir por uno mismo"
Apunta que la información facilitada por el técnico del Es Alert convierte en más "grosera la negligencia atribuible" a los dos investigados en la causa: la exconsellera Salomé Pradas y el secretario autonómico Emilio Argüeso
Señala que la declaración del técnico del Es Alert confirma que la exconsellera tenía "el control de la decisión de mandar la alerta a la población" que hace "más grosera la negligencia atribuible" a los dos investigados

El Cecopi del 29 de octubre. / Europa Press
La jueza de la dana ha desestimado el recurso de reforma presentado por la Asociación de damnificados dana Horta Sud en el que solicitaban investigar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) Miguel Polo y a tres cargos de Emergencias de la Generalitat: el director general Alberto Martín Moratilla, el subdirector Jorge Suárez y la jefa de servicio, Inmaculada Piles.
La jueza considera que la atribución de un resultado mortal de tal gravedad por un total de 228 fallecidos "no puede sustentarse exclusivamente en la integración de la estructura administrativa autonómica" por lo que respecta a los tres responsables citados de Emergencias.
En cuanto al presidente de la CHJ, señala que la ausencia de información sobre la evolución del caudal del barranco del Poyo que se le atribuye "resulta desmentida por la remisión de correos del SAIH (Sistema automático de información hidrológica), así como por la posibilidad de acceso al mismo".
La magistrada insiste que Salomé Pradas y Emilio Argüeso deben permanecer como únicos investigados, por ahora, porque "resulta evidente la posición de garante, el conocimiento de la situación, y la manifiesta pasividad en que se incurrió por parte de los referidos investigados en la alerta a la población" durante la jornada del 29 de octubre.
Aunque la magistrada Nuria Ruiz Tobarra sí modifica su percepción sobre el papel Cecopi (Centro de coordinación operativa integrado), el cerebro de la emergencia del 29-O. "Se expresó en su momento que el Cecopi, pareciera una burbuja aislada del mundo exterior, partiendo de las manifestaciones de los investigados. Resultaba evidente que no era así".
La jueza cambia su opinión sobre el Cecopi tras la testifical del técnico de Emergencias que participó en el envío del Es Alert del pasado lunes. Una declaración testifical que "confirma que en todo momento hubo un control de la decisión de mandar la alerta a la población por parte de la investigada Salomé Pradas Ten, que la decisión sólo podía llevarse a cabo si la misma contaba con la autorización de quien era consellera, que el mando de la emergencia le correspondía a dicha investigada, de lo que es buena prueba que la alerta debía contar con su visto bueno, que los miembros del Cecopi no estaban aislados del mundo exterior, que manejaban teléfonos, que entraban y salían de la sala, que se comunicaban con otras autoridades, que se decidió dejar fuera de la reunión del Cecopi a otros miembros con unas razones todavía no explicables, justificado en la absurda expresión de trabajo exclusivamente presencial".
E incide en que el eufemismo "trabajo exclusivamente presencial" con el que la Generalitat calificaba los dos recesos en el Cecopi (con los micrófonos y cámaras apagados para los asistentes de forma telemática) es una "expresión absurda porque es incompatible quejarse de la falta de información y decisión por otras personas y al mismo tiempo excluir de la reunión a quien supuestamente había de proporcionarla y decidir por uno mismo".
La información aportada por el técnico del Es Alert (al que se sumará la declaración del otro funcionario que validó el mensaje el próximo 15 de mayo) convierte, según la magistrada, "en más grosera la negligencia atribuible" a los dos investigados (Salomé Pradas y Emilio Argüeso), "oscilando entre un desconocimiento difícilmente justificable respecto de las posibles decisiones a adoptar por la consellera o las herramientas a utilizar como el sistema Es Alert". Y alude, como "prueba relevante" la entrevista que Pradas dio a Àpunt en la que admitía desconocer el sistema Es Alert, a pesar de que fue presentado en octubre de 2022.
En el mismo auto también se pronuncia la jueza de Catarroja sobre el papel de Emilio Argüeso, el secretario autonómico investigado, en el Cecopi. "Era conocedor de la evolución progresiva de la dana, el segundo [enla conselleria] en la toma de decisiones y supuestamente conocedor de protocolos, deherramientas y de la situación, y de quien no consta más participación que la remisión de mensajes, algunos a través de chats, y que tuvieron algunas respuestas que producen auténtico estupor".
Respecto a la petición de imputación de Miguel Polo, que han solicitado reiteradamente varias acusaciones populares y particulares, la magistrada vuelve a negar el presunto "apagón informativo" que alega la Generalitat sobre la información que recibía de la CHJ y de Aemet (Agencia estatal de meteorología).
"La ausencia de información sobre la evolución del caudal del barranco del Poyo resulta desmentida por la remisión de correos del SAIH, así como por la posibilidad de acceso al mismo, por lo que de forma paralela no procede atribuir responsabilidad penal al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, ni a prácticamente todos los cargos directivos, o no, de dicho organismo". Y recuerda que el SAIH, además de remitir correos electrónicos sobre aumentos o reducción de caudal, también remite información continua sobre los caudales de ríos y barrancos. En el caso del barranco del Poyo, un sensor ubicado en el cruce con la A-3 en Riba-roja. "Más allá de la remisión de correos electrónicos entre las 16.13 horas y las 18.43 horas que informaran sobre el caudal, ha de atenderse a la información que se proporcionaba por el SAIH.Y que a las 18 horas ya alertaba sobre un caudal de 493 metros cúbicos por segundo (m3/s) que no cesó de crecer hasta los 1.941 m3/s de las 19.10 horas (la jueza incluye las trece mediciones realizadas en esa hora clave del 29 de octubre). "La forma de visualización era, como se señala en el informe de la CHJ, a través de la aplicación Saihwin; aplicación, que se afirma se dispondría por el Centro de Coordinación de Emergencias (CCE)".
En el segundo auto, la magistrada rechaza la petición de la asociación popular y particular que ejerce la asociación Liberum de unir a la causa un documento y citar como perito a su autor, que dirigió una petición de investigación sobre la Dana al comite de peticiones de la Comisión Europea. La instructora recuerda que la persona propuesta por esa parte "no ostenta la condición de perito, ni experto en relación a los hechos objeto de la presente investigación".
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