La juez pide a Emergencias un informe sobre su actuación en la dana de 2023

Rechaza tomar declaración como testigo a la exconsellera de Justicia e Interior, Elisa Núñez, de Vox, como solicitaba Acció Cultural del País Valencià (ACPV)

La magistrada de Catarroja deniega solicitar a la UME su “diario de operaciones” de los días 28, 29 y 30 de octubre de 2024

Catarroja después de la dana, en una imagen de archivo.

Catarroja después de la dana, en una imagen de archivo. / Germán Caballero

València

La titular del Juzgado de Instrucción 3 de Catarroja, que investiga los 228 fallecimientos de la dana, Nuria Ruiz ha dictado un auto en el que pide a la Conselleria de Emergencias un informe sobre las actuaciones preventivas llevadas a cabo por ese organismo público con motivo de otra dana, registrada en septiembre de 2023.

La instructora considera procedente la práctica de esta diligencia, solicitada por Acció Cultural del País Valenci (ACPV) representada por el abogado Manolo Mata que ejerce acusación popular, dada la “similitud, cercanía en el tiempo y riesgo que llevó a la convocatoria del Cecopi” (Centro de coordinación operativa integrado), el cerebro de la emergencia.

Sin embargo, deniega la solicitud de ACPV de citar a declarar como testigo a la entonces consellera de Justicia e Interior de la Generalitat, Elisa Núñez, porque la magistrada entiende que las consideraciones que pudiera realizar la exconsellera en una entrevista con un diario, “por más que obedezcan a la normativa legal o al simple sentido común (…) son cuestiones que no corresponde” determinar a través de una testifical.

En un segundo auto, la instructora deniega la petición de una acusación particular que solicitaba que se requiriese a la Unidad Militar de Emergencias (UME) su ‘diario de operaciones’ o el documento equivalente en el que se refleje la actividad del Batallón de intervención de Emergencias III los días 28, 29 y 30 de octubre. La actuación de esta unidad del Ejército, recoge la resolución, “no es objeto de controversia, es algo conocido y la obtención del detalle de los cometidos asignados a dichos equipos, las concretas operaciones de rescate, nada aporta a lo que es objeto de la investigación”.

En este punto, la titular del Juzgado reitera los argumentos expuestos en anteriores resoluciones, confirmados después en apelación por la Audiencia Provincial, en el sentido de que el mando único de la emergencia por la Dana del 29 de octubre “era de competencia autonómica, no estatal”.

Finalmente, la instructora ha dictado un tercer auto en el que deniega otras diligencias solicitadas por otra acusación popular entre las que figura la obtención de copia íntegra de todos los registros, intervenciones, llamadas recibidas y realizadas en el ámbito de la Conselleria de Emergencias y el Centro de Coordinación de Emergencias el 29 de octubre del pasado año.

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