La jueza de la dana pide información sobre los bomberos que vigilaban el barranco del Poyo y la Generalitat retiró
La magistrada Nuria Ruiz Tobarra dicta dos autos en los que también pide identificar a los trabajadores del SAIH de la Confederación Hidrográfica del Júcar, las alertas emitidas y la grabación del CoordCom sobre la tormenta que "se iba a la serranía de Cuenca", a petición de la exconsellera y principal investigada, Salomé Pradas

Unos técnicos inspeccionan el puente de Paiporta en el barranco del Poyo, en una imagen de archivo. / Miguel Angel Montesinos
La jueza de la dana, la magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja Nuria Ruiz Tobarra, ha dictado dos autos en los que solicita a la Conselleria de Emergencias y al Consorcio Provincial de Bomberos de la Diputación de València información sobre la movilización el 29 de octubre de bomberos forestales para vigilar el río Magro en el área del puente de Carlet y el barranco del Poyo en las áreas de Torrent, Picanya y Paiporta, sobre los que incidió la jefa de servicio de emergencias que declaró el martes en la causa de la dana.
Los efectivos de bomberos fueron movilizados a las 12.45 horas del 29 de octubre para vigilar el caudal del río en la comarca de la Ribera y del barranco en l'Horta Sud, al registrar un primer ascenso del nivel del agua, pero fueron retirados a las 15 horas por una "decisión técnica" que aún no ha sido aclarada. La magistrada también reclama a la Conselleria de Emergencias que remita el “Informe del incidente” que recoge "las anotaciones en relación con la dana" del 29 de octubre, según solicitaba Intersindical Valenciana, que ejerce la acusación popular representada por la abogada Carmen Romero.
Sobre este operativo, la magistrada también requiere el convenio de colaboración suscrito entre la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (Avsre) y el Consorcio de Bomberos, suscrito en 2024 y que da cobertura a esta colaboración. Y también pedido al Consorcio Provincial de Bomberos que remita un informe con la información de los rescates que realizaron durante la dana del 29 de octubre hasta las 15 horas de ese día, al tiempo que cita a declarar como testigo a un integrante de la plantilla de esa institución.
En el segundo auto, la magistrada ha acordado, a petición de la defensa de la exconsellera Salomé Pradas, investigada en la causa, requerir a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) información sobre el punto de control del barranco del Poyo en el municipio de Massanassa, un listado de alertas emitidas respecto al río Magro el 29 de octubre y la identificación de trabajadores que trabajaron la tarde de ese día en el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la CHJ, que controla la pluviometría y el caudal en algunos barrancos y ríos.
La instructora también ordena que se libre oficio a la Policía Judicial de la Guardia Civil para que aporte al procedimiento la grabación de una llamada registrada en el sistema denominado Coordcom del Centro de Coordinación de Emergencias a la que hizo referencia el jefe de la unidad de análisis y seguimiento de Emergencias en su declaración como testigo y en la que supuestamente un predictor de la Aemet le comunicó que las precipitaciones “se iban a la serranía de Cuenca”.
En esta resolución, la juez deniega otras diligencias por considerar que no guardan relación con la investigación, como la testifical del secretario autonómico de Medio Ambiente de la Generalitat, Raúl Mérida, solicitada por Salomé Pradas, aunque no formó parte del Cecopi el 29 de octubre. La exconsellera justificaba la comparecencia de Mérida por su comparecencia en el Senado en la que denunció el supuesto 'apagón informativo' de la CHJ durante la dana. La magistrada rechaza la citación del secretario autonómico de Medio Ambiente porque "no presenció, ni intervino en los hechos por lo que sus manifestaciones respecto de lo que se denomina 'apagón informativo' no poseen relevancia en el esclarecimiento de los hechos. Se está practicando abundante prueba destinada al análisis de la información proporcionada por la CHJ". La jueza de la dana también rechaza otras peticiones de información porque resultan redundantes al figurar ya esos los datos solicitados, sobre la CHJ, en las actuaciones, entre otras razones.
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