Tribunales
El juez archiva por segunda vez la causa contra Oltra y 14 acusados más de tres años después de su dimisión
El titular de Instrucción 15 deniega la apertura de juicio oral y asegura que "nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo y, en conciencia, reitero que no los aprecio en la conducta de los encausados"
El auto en el que decide el segundo sobreseimiento puede ser recurrido ante la sección cuarta que ya decidió en junio de 2024 reabrir la causa y abocar a juicio a la exvicepresidenta

Monica Oltra accede a la Ciudad de la Justicia junto a sus abogados, Daniel Sala y Miguel Ferrer, para declarar en la causa, el 19 de septiembre de 2022. / Germán Caballero
El titular del Juzgado de Instrucción 15 de València ha denegado la apertura de juicio oral contra Mónica Oltra y 14 acusados más en la investigación por el tratamiento del caso de los abusos a una menor tutelada por un monitor, exmarido de la política. El auto llega justo tres años después de la dimisión de Oltra, el 21 de junio como vicepresidenta y consellera de Políticas Inclusivas y portavoz del Consell del Botànic.
En el auto, al que ha tenido acceso Levante-EMV, el magistrado Vicente Ríos asegura que coincide "plenamente con el criterio expuesto por el Ministerio Fiscal: los hechos no son constitutivos de infracción penal alguna; pero es que, además, no existe absolutamente ningún indicio de que cualquiera de los acusados haya llevado a cabo hechos penalmente relevantes". Y por tanto, añade, "estimo que nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo y, en conciencia, reitero que no los aprecio en la conducta de los encausados".
"Ni tan siquiera la víctima de los abusos puede aportarlos mediante su testimonio, siendo muy ilustrativa de ello su declaración en sede judicial", asegura el magistrado en el auto notificado hoy a las partes. Y, por tanto, "todo ello debe conducir, necesariamente y de nuevo al sobreseimiento provisional de la causa respecto a todos los encausados, algunos de los cuales ni siquiera han sido acusados", señala en el auto.
Por todas estas razones, el magistrado decide "denegar la apertura de juicio oral" y acordar "el sobreseimiento provisional de la causa respecto a todos los encausados". Una decisión que no es firme y puede ser recurrida ante el mismo juzgado mediante un recurso de reforma o en apelación ante la Audiencia de València. De ahí que a la causa, aún le queda recorrido a nivel procesal. Al no ser firme el auto notificado hoy, las acusaciones previsiblemente recurrirán y será la sección cuarta de la Audiencia de València la que tenga que volver a pronunciarse. Y podría obligar a abrir juicio oral, aunque la Fiscalía no acuse y pida la absolución de Mónica Oltra y el resto de acusados.
El primer auto de archivo de la causa lo dictó el titular del Juzgado de Instrucción 15, Vicente Ríos, el 2 de abril de 2024, en el que después de tres años de instrucción sobreseyó la investigación contra los dieciséis acusados iniciales. Un archivo que fue recurrido por tres de las acusaciones: la particular que representa a la menor que sufrió los abusos (representada por el abogado y líder de España 2000, José Luis Roberto), y las populares de Vox y una agitadora en redes sociales a través de la asociación Gobierna-te, representada por el último abogado de Francisco Camps. Recursos que admitió la sección cuarta de la Audiencia provincial de València que anuló el archivo de la causa contra Oltra en junio de 2024. Es la misma sección que archivó el pitufeo del PP de València y la causa de la visita del papa en València (la relacionada con la trama Gürtel sí se condenó en la Audiencia Nacional). Esta misma sección condenó a Eduardo Zaplana y seis acusados más en el caso Erial.
El fiscal del caso, Jaime Cussac, no recurrió el auto del primer archivo. Y hace justo una semana solicitó la absolución de Mónica Oltra y las otras catorce personas procesadas al considerar que "los hechos relatados no son constitutivos de infracción criminal alguna", concluye el fiscal en el escrito que acaba de remitir la Fiscalía Provincial de València. "Siendo así, no proceden pronunciamientos relativos a participación, circunstancias modificativas de la responsabilidad penal o responsabilidades civiles".
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