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Vivienda

El Síndic recuerda que para empadronarse "no es obligatorio" que el dueño lo autorice

Los ayuntamientos niegan el acceso al padrón a quienes viven en habitaciones o infravivienda al impedir los empadronamientos especiales

Colas en el Padrón en el Ayuntamiento de Valencia.

Colas en el Padrón en el Ayuntamiento de Valencia. / Miguel Ángel Montesinos / LEV

Mónica Ros

Mónica Ros

València

Sin padrón no hay ni ayudas, ni tarjeta sanitaria, ni cita en servicios sociales ni en el banco de alimentos. Para poder acceder a los servicios municipales hay que presentar el certificado de empadronamiento y para poder obtener ese documento hay que "acreditar" que la persona vive en la ciudad o en el municipio, algo que se puede hacer mediante facturas, recibos, citas...  El Gobierno «flexibilizó» los requisitos de acceso al padrón -con dos instrucciones del INE al respecto (en 2015 y en 2020)- para que los ayuntamientos permitieran el empadronamiento en una habitación, en un parque o en una infravivienda, en aras de dar respuesta a las personas más vulnerables.

Sin embargo, diez años después de la primera instrucción, los ayuntamientos valencianos siguen sin cumplir la norma "vulnerando los derechos" de las personas que solicitan los empadronamientos especiales. Así lo asegura el Síndic de Greuges en la queja de oficio que abrió por este motivo al Ayuntamiento de València tras la denuncia presentada por más de veinte entidades sociales entre las que figura Valencia Acoge y la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR). El Síndic de Greuges, Ángel Luna, cierra la queja tras el compromiso del consistorio de tomar en consideraciones las recomendaciones acordadas tras la investigación.

Problemas a solucionar

En la resolución del Síndic se hace referencia a uno de los principales problemas a los que se enfrentan quienes tiene alquilada una habitación o un piso: contar con la autorización del dueño de la vivienda para poder empadronarse. Por ello, el Síndic recuerda que la presentación de una autorización del titular "no es obligatoria "así que la petición del empadronamiento "no se puede suspender" si no se aporta "la información relativa a la titularidad de la vivienda arrendada". Además, el Síndic insta al ayuntamiento a abordar una serie de cambios para que "se resuelva el expediente en el plazo de diez días hábiles previstos en la citada ley" y que se aplica el silencio administrativo (con un plazo de tres meses) "se debe emitir de oficio una certificación".

En el cierre de la queja, Luna especifica que "el Ayuntamiento deberá hacer efectivos sus compromisos para la gestión de las situaciones especiales de empadronamiento, teniendo presentes nuestros recordatorios, recomendaciones y sugerencias con el fin de evitar demoras y, si se producen y son responsabilidad municipal, adoptar las medidas necesarias para que no perjudiquen a las personas".

La norma sin cumplir

Desde Valencia Acoge esperan que la investigación del Síndic implique un cambio respecto a la obligación de los ayuntamientos de cumplir con los empadronamientos especiales. "La realidad es que los ayuntamientos no cumplen con la obligación de empadronar a que tiene circunstancias especiales de alojamiento. El Ayuntamiento de Valencia es de los pocos que tiene un protocolo concreto, pero no se cumple", explican desde Valencia Acoge.

Y es que en julio se publicaron los últimos datos, tras una pregunta de Compromís y de 947 solicitudes, solo se habían tramitado 14. En esa misma fecha salía a la luz que el ayuntamiento tiene más de 4.174 empadronamientos especiales denegados o guardados en un cajón a falta de tramitación, lo cual supone el 48 % de las 8660 solicitudes presentadas desde mayo de 2023 hasta marzo de 2025, última fecha registrada.

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