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Oltra le gana tres recursos judiciales al Consell por no facilitar información del 29-O

La exvicepresidenta asume el recurso de Compromís a la denegación de Emergencias de documentación sobre la gestión de la dana

Mónica Oltra participa en un acto sobre feminismo en la sede de Izquierda Unida del PV

Mónica Oltra participa en un acto sobre feminismo en la sede de Izquierda Unida del PV / Eduardo Ripoll

Diego Aitor San José

Diego Aitor San José

València

Mònica Oltra frente al Consell del PP. Lo visto en los debates de las Corts entre 2007 y 2015 y en las elecciones de ese último año se ha repetido en los últimos meses en otro ámbito: el judicial. Y con victoria para la exdirigente de Compromís. La exvicepresidenta ha ejercido la defensa de su compañera de partido, Isaura Navarro, en tres recursos contencioso-administrativos a resoluciones de la Conselleria de Emergencias logrando la razón del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Oltra ha llevado la defensa jurídica de la síndica adjunta de los valencianistas en las Corts reprochando la vulneración del derecho fundamental a la información por parte del departamento que hoy dirige Juan Carlos Valderrama sobre tres solicitudes de documentación hechas por la parlamentaria de Compromís sobre la gestión de la dana del 29 de octubre realizada por la Adminsitración autonómica ese día.

En concreto, Navarro había solicitado saber "quién es el Coordinador de prevención y emergencias de la Generalitat, que supuestamente ha gestionado el informe firmado por el subdirector general de Emergencias de fecha 25 de febrero de este año sobre la llegada del Presidente Mazón al CECOPI del pasado 29 de octubre de 2024?” y “cuándo ha sido nombrado el Coordinador de prevención y emergencias de la Generalitat?”.

También había reclamado la "copia del informe y toda la documentación adjunta que ha sido facilitada a los medios de comunicación, firmada por el subdirector general de Emergencias, Jorge Suárez de fecha 25 de febrero sobre la llegada del Presidente Mazón al CECOPI del pasado 29 de Octubre de 2024" así como la "copia de las convocatorias realizadas al gerente de la Sociedad Valenciana de Gestión Integral de los Servicios de Emergencias, SGISE, Raúl Quílez, para asistir al Centro de Coordinación Operativa Integrado, Cecopi, desde el pasado 29 de octubre de 2024”.

Sentencia del TSJ

"En atención a las peticiones efectuadas por su señoría, se le indica que no se puede atender a las mismas tal y como establece la ley 1/2022 de Transparencia y Buen Gobierno", fue la respuesta dada a las tres reclamaciones realizada por Navarro. Frente a estas, la sentencia del alto tribuna refleja que "no existe en toda la ley mencionada un solo artículo en que el gobierno valenciano pudiera basar su negativa, pero, además, no podría existir, dado que el derecho de las diputadas y diputados a obtener información que forma parte del ius in officium, nace directamente del artículo 23 de la Constitución Española y se vehicula a través de los reglamentos parlamentarios".

"Aceptar que una ley ordinaria pudiera restringir los derechos parlamentarios, sería tanto como dejar al arbitrio y capricho de la mayoría parlamentaria el derecho -y obligación- del legislativo de control del gobierno elegido por esa mayoría parlamentaria", añade la sentencia del TSJ que estima el recurso y considera la respuesta dada por Emergencias, denegando la documentación, como una vulneración de derechos fundamentales y reclama a la conselleria la entrega de la información pedida así como al pago de las costas.

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