Tribunales
La Audiencia de València frena la insistencia en investigar el bulo que relaciona los caudales de Forata con los del Poyo
Los magistrados de la sección segunda en pleno vuelve a respaldar a la jueza de la dana y rechazan diligencias de dos acusaciones particulares para citar a los tripulantes de un helicóptero de salvamento y al exsenador José María Chiquillo

Inundaciones en Paiporta, en una imagen captada alrededor de las 20 horas. / Miguel Ángel Montesinos
La sección segunda de la Audiencia de València vuelve a avalar las decisiones de la jueza de la dana, Nuria Ruiz Tobarra, magistrada del Tribunal de Instancia 3 de Catarroja, sobre la denegación de diligencias de dos acusaciones particulares. En el caso de una de ellas se reitera de forma insistente la petición de diligencias relacionadas con la presa de Forata (en el rio Magro) a pesar de que la víctima que representa la letrada falleció en el barranco del Poyo, en Cheste.
La magistrada ha sido tajante al respecto en sus autos sobre este bulo que relaciona la presa de Forata con el barranco del poyo. «Ha de calificarse como un auténtico bulo la repercusión de la presa de Forata en la crecida del barranco del Poyo. Se trata simplemente de otra cuenca», aseguraba la jueza Nuria Ruiz Tobarra en un auto notificado el 14 de mayo. La magistrada ha denegado en los últimos meses diligencias relacionadas con la presa de Forata (ubicada en el río Magro) solicitadas por varios abogados de víctimas fallecidas en la cuenca del barranco del Poyo, que no tiene ninguna presa en la compleja red de ramblas que se extiende en 450 kilómetros cuadrados (km2) en las comarcas de la Hoya de Buñol, el Camp de Turia y l’Horta Sud.
Decisión que ahora avala la sección segunda de la Audiencia de València en un auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). La letrada de la víctima fallecida en Cheste en el barranco del Poyo solicitaba como diligencia de investigación requerir a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) "el informe anual de la presa de Forata de 2023 y, para el caso de que ya exista, el correspondiente también al año 2024". Y fundamentaba su petición en que "consta un informe anual del año 2022, donde se dice que el desagüe de fondo no se encontraba operativo y que la embocadura del conducto se encontraba obturada por lodos".
La jueza ya desestimó esta petición y descartó que "los fallecimientos y las lesiones tuvieran cualquier tipo de relación con la presa de Forata, ya que no sufrió de desbordamiento, coronación o rotura que derivara en un aumento de caudal de manera súbita e inesperada". Una afirmación que la jueza basa en la pericial del ingeniero hidráulico Francisco Vallés quien manifestó que el papel de Forata "fue netamente beneficioso, descartando que contribuyera a la crecida del Barranco del Poyo". Al igual que Ana Camarasa, catedrática de Geografía física de la Universitat de València.
La magistrada Nuria Ruiz Tobarra recurre una y otra vez a la declaración del doctor en ingeniera hidráulica, profesor, director del laboratorio de hidráulica e investigador del Instituto de Ingeniería del Agua y Medio Ambiente (IIAMA) de la Universitat Politècnica de València (UPV), Francisco Vallés Morán. Tras su declaración quedó claro que las compuertas de Forata estuvieron abiertas todo el día porque «es la norma general desde Tous». Y la presa hizo su función porque permitió «laminar una avenida de 2.200 metros cúbicos por segundo» a la mitad (1.100 m3/s). Vallés también dejó claro que el barranco del Poyo y el río Magro «son cuencas diferentes que no tienen nada que ver. A Forata llegó el agua que empezó a hacer daño en Utiel y lo que sale de Forata va a Algemesí y luego al Júcar. En el caso del barranco del Poyo no hay ninguna presa que haga de efecto laminador» o favorezca la creación de «una ola».
"La acusación particular formula recurso de apelación, mediante un largo y redundante escrito, cuya argumentación resulta difícil de seguir", señalan los magistrados de la sección segunda de la Audiencia de València. Y añaden que "el recurso de apelación carece de argumentos para desvirtuar los informes de ambos peritos que desvinculan el desagüe de la presa de Forata con el desbordamiento del barranco del Poyo y con la gravedad de las inundaciones. Tampoco explica por qué la información solicitada variará esos informes, teniendo en cuenta que ya se tiene conocimiento de que los únicos aliviaderos utilizados fueron los de la parte superior de la presa, y no los de fondo". Por tanto rechazan este recurso presentado por la letrada de la acusación particular, que también insistía en citar a declarar al senador del Partido Popular José María Chiquillo, ponentes en el Senado sobre el proyecto de ley para la protección de infraestructuras críticas, que no afecta a la presa de Forata. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia también confirma la decisión de la jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana de no citar a declarar como testigos a miembros de las tripulaciones de un helicóptero de Salvamento Marítimo y otros profesionales de estos servicios.
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