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Accidente del 3 de julio de 2006

Las víctimas del metro piden a las Corts y la Abogacía de la Generalitat que recurran al Supremo la indemnización de 100.000 € a la exgerente de FGV

Presentan un escrito en el que alegan que la sentencia sienta un precedente para "las comisiones de investigación realizadas, pasadas y futuras, dando pie a que todo aquel que se vea reflejado en el dictamen, alegue daño a su honor y pida también una indemnización"

Miembros de la Asociación de víctimas del metro 3 de julio en la última concentración despues de la sentencia judicial que condenó a cuatro exdirectivos de FGV.

Miembros de la Asociación de víctimas del metro 3 de julio en la última concentración despues de la sentencia judicial que condenó a cuatro exdirectivos de FGV. / Germán Caballero

València

La Asociación de víctimas del metro 3 de julio (Avm3j) ha presentado sendos escritos a la mesa de las Corts Valencianes y la Abogacía de la Generalitat para solicitar a ambas instituciones que presenten recurso de casación contra la sentencia de la sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que reconoce una indemnización de 100.000 euros a Marisa Gracia, exgerente de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV).

Responsabilidades profesionales, técnicas, de gestión y politicas

La Avm3j recuerda que "el objetivo principal de cualquier comisión de investigación es determinar las responsabilidades políticas en que se pudiera haber incurrido desde la administración y/o empresa pública, en la gestión de los hechos investigados". Y respecto a la segunda comisión de investigación del accidente del metro del 3 de julio, las familias de los 43 fallecidos señalan que "buscaba establecer las responsabilidades en el ámbito profesional, técnico, de gestión y político. Siendo completamente lícito que el resultado de la comisión señale las responsabilidades en el ámbito de la empresa pública investigada. Como en el caso de Marisa Gracia, que como directora gerente de FGV, era la máxima responsable de dicha empresa en el momento del accidente". Y más si se tiene en cuenta que la primera comisión de investigación celebrada en cuatro días de 2006 se hizo con los responsables de FGV aleccionados y preparados por una consultora de comunicación para que atribuyeran a la velocidad la única causa del accidente.

"La comisión no se extralimitó"

Las víctimas del metro defienden que "en ningún caso se puede alegar que dicha Comisión de Invesgigación de 2016 se extralimitase en sus funciones al atribuirle responsabilidad de gestión. En ningún momento el dictamen atribuye responsabilidades judiciales. Otra cuestión muy diferente es que el resultado de la investigación, no sea del agrado de las personas a las que se atribuye cualquier tipo de responsabilidad. Pero esto no las legitima a pedir una indemnización".

Indemnización "improcedente"

Y en el caso concreto de la exgerente de FGV, Marisa Gracia, señalan que "no se puede acusar a las Corts Valencianes de incumplir el deber de garantizar el derecho su honor, sólo por el hecho que el resultado de la investigación le sea desfavorable, por lo que desde la Avm3j consideramos que resulta totalmente improcedente el pago de la indemnización solicitada". Sobre todo porque, recuerdan, "el puesto de directora gerente, es puramente de dirección política al ser nombrada directamente por el conseller como cargo de su confianza, por lo que no puede acogerse a los beneficios propios de un empleado público entre los que se encuentra el derecho a indemnización económica por daños morales o de reputación".

Un precedente para otras comisiones de investigación

Y concluyen que "acceder a dicha petición serviría de precedente para que se cuestione el resultado de todas las Comisiones de Investigación realizadas, pasadas y futuras, dando pie a que todo aquel que se vea reflejado en el dictamen, alegue daño a su honor y pida también una indemnización".

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