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Servicios Sociales

Los juicios sobre incapacidad laboral, discapacidad o ayudas acumulan demoras de dos a tres años

Señalamientos en los Juzgados de lo Social se fijan ya para 2028 y los profesionales del sector exigen más medios porque sus clientes "no pueden esperar tanto tiempo. El agravio es inmenso"

La Ciudad de la Justicia en una imagen de archivo.

La Ciudad de la Justicia en una imagen de archivo. / Miguel Ángel Montesinos / LEV

Mónica Ros

Mónica Ros

València

Él tiene 54 años y un diagnóstico de esclerosis múltiple. Ella tiene diagnosticado Trastorno del Espectro Autista (TEA) en grado dos y tiene 8 años. Él inicia un proceso de incapacidad permanente tras agotar el máximo tiempo de baja médica permitido, ya que su enfermedad (de carácter crónico, degenerativo e irreversible) le impide trabajar como representante comercial en la empresa de componentes informáticos donde lleva más de veinte años. Ella solicita una revisión de su grado de discapacidad del 34 % que le concedieron cuando era una niña de apenas 3 años porque debía renovarlo. A él le deniegan la incapacidad permanente y le dan el alta para que vuelva a trabajar, pero su empresa le hace una valoración y determina que "no es apto" para el trabajo que desempeñaba y sin posibilidad de adaptación. Le despiden. A ella le reducen el grado de discapacidad al 29 % y la dejan fuera de todo circuito de becas, apoyos y terapias.

Ni él ni ella se conocen. No tiene nada que ver, pero drama es el mismo: finalizada la vía administrativa solo les queda la vía judicial. Sin embargo, los señalamientos (fecha para celebrar los juicios) son para 2028. El juicio de él se celebrará el 15 de febrero de 2028. El de ella estaba señalado para el 17 de enero de 2028, aunque finalmente no se celebrará ya que la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda ha decidido dar marcha atrás a su resolución y le volvió a conceder el mismo grado de discapacidad que tenía. Así, ella ha podido esquivar la espera de casi tres años hasta el juicio. Él, sin embargo, tendrá que consumir los dos años de paro que le corresponden y no sabe con qué ingresos vivirá el tercero ni cómo habrá evolucionado su enfermedad.

"No son hechos aislados", denuncian los expertos

Para Rubén Molina, graduado social, "no son hechos aislados. Los señalamientos en materia de Seguridad Social se están viendo a 2 años vista en la mayoría de los Juzgados de lo Social de Valencia. Igual sucede con otras prestaciones en materia de discapacidad, Ingreso Mínimo Vital (IMV), desempleo, impugnación de despidos... Los juzgados de lo Social de Valencia están saturados y se deben poner más medios y más juzgados". Y añade: "Estamos hablando de materias sensibles, ya que se conocen casos que ha llegado la resolución del expediente y la persona interesada había fallecido... Desde la administración (INSS) también se deben poner más medios para resolver los expedientes en fase administrativa y no tener que recurrir a la vía judicial".

Desde la Coordinadora en Defensa de la ley de Dependencia, la letrada Sandra Casas recalca que "la falta de medios en el sistema judicial implica una carga de trabajo que colapsa los juzgados y eso da lugar a que el juicio se celebre a dos y tres años vista. Eso se soluciona con más medios y más juzgados, pero me gustaría destacar que en el tema de la dependencia a todo esto se suma que en las medidas de agilización judicial no se ha tenido en cuenta que este tipo de juicios deberían tener carácter preferente. Hablamos de la aceptación, es decir, de un derecho fundamental como legítimo y digno de protección. Es decir, del derecho a la educación de un niño con autismo, que se ve vulnerado cuando la Conselleria de Servicios Sociales no le reconoce un asistente personal; o el derecho a la sanidad, que se ve vulnerado cuando la conselleria no concede la prestación para recibir terapia, o niega un centro de día a una persona con Alzheimer o una vivienda tutelada a una persona con problemas de salud mental.

"Nos abandonan la Conselleria y el Juzgado"

Los derechos vulnerados son derechos fundamentales y vitales, así que la atención a estas personas debería contemplarse como procesos de carácter preferente porque el daño generado tiene repercusiones irreparables". Así, desde la Coordinadora de Plataforma en Defensa de la Ley de Dependencia "no solo solicitamos más medios para los jueces, sino que también pedimos quede plataformas no solo solicitamos más medios para los jueces, sino que también pedimos que estos procedimientos tengan carácter preferente en la ley y que los jueces entiendan que son procedimientos de tutela de derechos fundamentales que deben tener carácter preferente".

De hecho, la madre de la niña con la que arranca esta noticia interpuso una reclamación en el Juzgado de lo Social número 16 para solicitar una nueva fecha para el juicio de su hija, pero la respuesta fue que "no siendo un procedimiento de tramitación preferente el señalamiento se efectúa siguiendo el orden de entrada en el Juzgado, conforme a la agenda de señalamientos". La niña pues, tenía que esperar, aunque finalmente no será así tras el cambio de parecer de la Administración.

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