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El Tribunal Supremo corrige al TSJ y avala la norma del Botànic sobre los auxiliares de conversación

El alto tribunal desdice a la sala cuarta y reconoce que PSPV y Compromís tenían derecho a contratar auxiliares de conversación de Inglés sólo para la pública y no para la concertada

Vuelta al cole en el IES Berenguer Dalmau de Catarroja

Vuelta al cole en el IES Berenguer Dalmau de Catarroja / Miguel Ángel Montesinos

Gonzalo Sánchez

Gonzalo Sánchez

València

El Tribunal Supremo ha corregido, ocho años después, a la sala cuarta del Tribunal Superior de Justicia de la C.Valenciana, avalando la norma del Botànic sobre los auxiliares de conversación. Así consta en una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del pasado mes de octubre, que reconoce que el TSJ tumbó injustamente una norma de PSPV y Compromís.

El fallo se refiere a la dotación de auxiliares de conversación que el Botànic concedió solo a la escuela pública. La patronal Feceval denunció la exclusión de la concertada y fue a los tribunales. Tiempo después la sala 4 del TSJ les dio la razón, obligando a PSPV y Compromís a incluir a la concertada en el reparto al considerar que se estaba excluyendo a estas escuelas.

Los auxiliares de conversación son ayudantes que colaboran con el profesor en clases de lengua extranjera para poder practicar la expresión oral con los estudiantes y darles una atención más cercana. En 2017, la Conselleria de Educación dirigida por Vicent Marzá decidió empezar a implementar esta figura en la escuela pública, pero la decisión fue tumbada por la justicia.

El IES Sedaví en el primer día de clase del curso, en una imagen de archivo. VLC. HOR. Sedavi. Sedavi se recupera lentamente de la tragedia de la DANA del 29 de octubre de 2024. IES Sedavi en su primer día de clase

IES Sedaví en su primer día de clase, en una foto de archivo. / Germán Caballero

"Exclusión justificada"

Ocho años después el Tribunal Supremo confirma que aquella limitación fue legal, y que no existió ningún trato discriminatorio a la concertada por limitar la subvención a los centros públicos. La sala argumenta que esta exclusión está justificada, pues los centros privados y concertados tienen un régimen de dotación de medios diferente al público.

Por otro lado, el tribunal señala que las administraciones educativas tienen la obligación de dotar de medios al personal de los centros públicos, pero que respecto a la concertada sus obligaciones se reducen a pagar los módulos del concierto. Por tanto consideran conforme a derecho que se pueda destinar auxiliares de conversación solo para la pública.

Rifirrafes de Compromís con la sala cuarta

Esta decisión del Supremo vuelve a poner de actualidad un pulso que marcó las dos legislaturas del Botànic entre la Conselleria de Educación de Vicent Marzá y la sala cuarta del Tribunal Superior de Justicia de la C.Valenciana. Esta sala dio varios varapalos judiciales muy importantes al Botànic, tumbando varias de sus leyes más importantes.

El primero fue con el decreto de plurilingüismo, que incentivaba el valenciano en la Comunitat y sufrió una anulación parcial. El Consell tuvo que preparar un armazón legal sacar este decreto adelante sin que los juzgados no se lo tumbaran, dando inicio así a una época de rifirrafes. Sucedió lo mismo con el reglamento de conciertos educativos, la educación por ámbitos, las becas para las universidades privadas o la eliminación de la asignatura de religión en Bachillerato. Todas ellas tumbadas total o parcialmente en los tribunales.

Desde Compromís, y particularmente desde la Conselleria de Educación, se denunció que las sentencias de la Sala 4 estaban impulsadas por un "sesgo ideológico" o una "animadversión" contra las políticas progresistas del Botànic. Se argumentaba que el núcleo duro de magistrados que componían la Sala tenía una afinidad conservadora.

El TSJCV y otras instancias judiciales siempre defendieron la independencia judicial y la aplicación estricta de la ley. Alegaban que las anulaciones no eran políticas, sino que obedecían a defectos de forma o vulneración de principios constitucionales

Otras sentencias del Supremo

Pese a todo, esta no es la primera sentencia del Tribunal Supremo en relación a una ley del Botànic, ya que la sala ha dado la razón en más de una ocasión a la concertada. Por ejemplo, el alto tribunal confirmó que el decreto de conciertos aprobado por el Botànic en 2017 (que permitía recortar esta enseñanza) era ilegal. Lo mismo sucedió con el decreto de usos del valenciano en la administración.

Pese a todo, esta decisión del Supremo tiene algo de simbólico, pues es la primera vez que el Supremo desdice a la Sala 4 del TSJ que anuló muchos decretos y normas del Botànic. Además, avala la gestión (al menos en este caso) del dinero público al situar este reparto de auxiliares de conversación dentro de la legalidad.

Sin embargo, la cuestión de los auxiliares de conversación es un litigio menor en comparación con la anulación del Decreto de Plurilingüismo o la anulación parcial del reglamento de conciertos educativos. Estos últimos fueron los que verdaderamente decidieron la legislatura educativa de Compromís y fueron, de hecho, tumbados en el Supremo.

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