La CHJ ha autorizado desde la dana 179 actuaciones de mantenimiento y conservación de cauces
En la demarcación de la CHJ hay vigentes 325 autorizaciones para desbroce, poda, retirada de árboles muertos, eliminación de vegetación oclusiva del cauce o retirada de vertidos sólidos

Río Mijares
La Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) ha otorgado durante el último año (del 1 de noviembre de 2024 al 1 de noviembre de 2025) un total de 179 autorizaciones para realizar actuaciones de mantenimiento y conservación de cauces, que se han sumado al resto de resoluciones favorables vigentes hasta alcanzar un total de 325 autorizaciones activas. Los trabajos autorizados consisten en diferentes acciones enmarcadas en el mantenimiento y adecuación de los cauces públicos, tales como la retirada de elementos obstructivos, desbroces de vegetación y eliminación de especies invasoras y otros trabajos menores, y son ejecutados principalmente por las administraciones locales. Se trata, pues, de pequeñas actuaciones que tienen como objetivos básicos la conservación y mejora, en la medida de lo posible, del estado de nuestra red fluvial y, a su vez, minimizar el riesgo de inundaciones.
46.000 km de cauces
La Confederación Hidrográfica del Júcar, con el fin de preservar y mejorar la calidad de las aguas y de los entornos fluviales, realiza durante todo el año actuaciones de conservación y mantenimiento de cauces, así como de restauración fluvial, en todo el ámbito de su competencia, siempre según las disponibilidades presupuestarias. La Demarcación Hidrográfica del Júcar abarca una extensa red fluvial de más de 46.000 km de cauces, lo que implica que las actuaciones hayan de realizarse priorizando aquellas que son consideradas más urgentes. En tanto las competencias en esta materia no son exclusivas de la Confederación Hidrográfica, sino compartidas, se considera esencial la coordinación entre las distintas administraciones para que el dominio público hidráulico de la Demarcación del Júcar esté en buen estado.

Autorizaciones vigentes para intervenciones de conservación en la demarcación CHJ. / Levante-EMV
Esta coordinación se sustenta en una legislación específica que delimita, sin lugar a dudas, las competencias y responsabilidades que tiene cada Administración. En el caso de las zonas no urbanas, las actuaciones de mantenimiento y conservación de cauces las realiza el organismo de cuenca correspondiente (Real Decreto 984/1989; art. 4, apartado K), basándose específicamente esta función en el mantenimiento del régimen de corrientes y de su funcionamiento natural de desagüe en avenidas ordinarias de los cauces públicos.
En zonas urbanas
En el caso de las zonas o tramos urbanos, la competencia en conservación y mantenimiento de cauces corresponde principalmente a los ayuntamientos (artículo 28.4 de la Ley 10/2001, de 5 de Julio, del Plan Hidrológico Nacional), y las actuaciones realizadas en este sentido resultan imprescindibles para completar las que realizan los propios organismos de cuenca. Ahora bien, tanto en zonas no urbanas como en tramos urbanos, estas actuaciones también pueden ser realizadas por terceros, con la preceptiva autorización administrativa de los organismos de cuenca, necesaria para asegurar que todo se haga conforme a unos criterios técnicos adecuados y sin causar afecciones al cauce (artículo 126 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico) que ha de ser debidamente salvaguardado. Es, precisamente, en este contexto en el que la Confederación Hidrográfica del Júcar facilita el otorgamiento de estas autorizaciones.
Guía de buenas prácticas
En la página web del Organismo se listan las actuaciones otorgadas por provincia, indicando el municipio y el cauce afectado, así como si existe posibilidad de prorrogar la autorización otorgada y su fecha máxima de vigencia, en caso de solicitarse la prórroga en tiempo y forma adecuados. Como orientación y guía para que la realización de estos trabajos de mantenimiento se realice de forma óptima, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha elaborado la guía técnica ‘Buenas prácticas en actuaciones de conservación, mantenimiento y mejora de cauces’. Su finalidad es poner a disposición de los distintos usuarios, técnicos y administraciones, una herramienta que contribuya a mejorar el conocimiento sobre la normativa de aplicación, las responsabilidades y competencias de las distintas Administraciones Públicas implicadas, así como homogeneizar y optimizar las actuaciones para lograr la mayor eficiencia posible en la utilización de los fondos públicos.
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