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La Seguridad Social reclama los pagos indebidos del IMV y multa y embarga a quien no los ha devuelto

Los afectados se ven obligados a pedir préstamos para poder devolver el dinero que la Seguridad Social calculó y pagó de forma errónea en 2020 y 2021 cuando puso en marcha la ayuda de mínimos

La Seguridad Social reclama los pagos indebidos del Ingreso Mínimo Vital y embarga las cuentas.

La Seguridad Social reclama los pagos indebidos del Ingreso Mínimo Vital y embarga las cuentas. / Daniel Tortajada / LEV

Mónica Ros

Mónica Ros

València

En plena pandemia por la Covid 19 el Gobierno diseñó el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y lo concedió de oficio (es decir, sin solicitarlo) a una serie de personas para que el dinero llegara pronto a quienes más lo necesitaban. Pilar fue una de las 9.271 familias valencianas que pasó a recibir el IMV sin haberlo solicitado. Dos años después, el mismo Gobierno revisó los requisitos de aquellas familias que recibieron la ayuda de oficio y se la retiró a Pilar. De hecho, desde la Seguridad Social calcularon que le habían "pagado de más". En concreto, 550,87 euros y le pedían que los devolviera a la Seguridad Social. Es lo que se denomina "pagos indebidos" del IMV y han llegado hasta el Comité Europeo de Derechos Sociales ya que están provocando "un endeudamiento mayor" a quienes han percibido el Ingreso Mínimo Vital, ya sea porque se les concedió de oficio o porque en el transcurso del tiempo ha cambiado su situación personal o económica ya que el IMV se revisa y recalcula con la declaración de la renta del año anterior.

La prestación del IMV que tenía aprobada Pilar era de 365 euros, pero sólo cobró esta cuantía el primer pago, en junio de 2020. "Luego pasé a percibir 175 euros cada mes. En enero de 2021 me pagaron 371, pero a partir de febrero me redujeron al cuota a 188 euros. En 2022 volvió a cambiar. Me pagaron unos atrasos y me subieron la ayuda a 554 euros. Así estuve unos meses y la última cantidad que he tenido son 420 euros", explica. La mujer desconoce cómo generó la deuda de 550,87 euros que la Seguridad Social le lleva reclamando ya cuatro años. "¿Cómo voy a devolver un dinero que no tengo? ¿Qué culpa tengo yo de que calcularan más el dinero que me iban a dar? Esta ayuda me está arruinando la vida", afirma. Y la mujer muestra la última comunicación de la Tesorería General de la Seguridad Social donde le indican que le recuerdan la deuda y le imponen un recargo de 110,17 euros (con 3,76 euros de intereses) que hace ascender la deuda a 664,80 euros.

Una orden con el embargo en mayúsculas

Además, la orden de embargo de la pensión de la mujer aparece en mayúsculas, para que quede claro. Y así, la deuda generada por una ayuda que ella no pidió se ha convertido en un grave problema para una mujer viuda, con un grado del 85% de discapacidad por una deficiencia visual grave, con problemas respiratorios y un hijo adolescente a cargo. Esta es su situación. Ahora, sus ingresos: 321 euros por una pensión por su discapacidad, 100 euros como familia numerosa y una paga de orfandad del hijo de 266 euros. Al parecer, 687 euros al mes para la madre y el hijo es dinero más que suficiente para que esta familia pueda vivir sin ayudas públicas y pague, además, el pago indebido y la multa que le han impuesto.

La mujer está desesperada. Ante la orden de embargo que aún le complicará más la vida, ha decidio pedir un préstamo de 700 euros y pagar la deuda. Así lo ha hecho. "Me han obligado a endeudarme, es que me parece increíble". Y muestra el papel del préstamo. Lo justo y necesario para pagar lo que debe. Sin embargo, la Administración sigue su curso y lleva sus plazos, así que la orden de embargo aún figura en el sistema, aunque ella ya ha pagado la deuda. Los testimonios de afectados por impagos indebidos del IMV se acumulan. En redes sociales existen numerosos grupos de afectados con el mismo problema de Pilar, o similar.

Presentar la declaración de la renta es obligado para aquellos que empezaron a cobrar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en 2020. Para adultos y para menores. Así, con independencia de sus ingresos, los beneficiarios de la ayuda deben declararla. La ayuda se concede en función de la renta del año anterior. El mes de enero es el momento en el que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) revisa, reajusta o suprime las cuantías que deben percibir de forma anual los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Para ello, debe analizar tres requisitos: los ingresos percibidos el año anterior, el certificado de vulnerabilidad (que emiten los servicios sociales municipales) y el empadronamiento (para comprobar que la unidad familiar sigue siendo la misma que el año anterior, cuando se concedió o mantuvo la ayuda). Así, en enero se reajustan las cuantías y se exige el "importe de pagos indebidos" si los hay. La falta de flexibilidad de la herramienta, que no permite paralizar el pago o modificar las cuantías durante el año es uno de los aspectos más criticados de esta prestación de mínimno que se vuelve un problema para quienes deben devolver determinadas cuantías.,

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