La DGT retrasa el seguro obligatorio para los patinetes: nueva prórroga sin fecha para el registro
La demora en la tramitación del Real Decreto que dará cobertura jurídica al registro de patinetes obliga a retrasar la normativa pero solo para vehículos de menos de 25 kilos

Imagen de recurso de una campaña de control de patinetes en Torrent. / E.Press

La nueva normativa de los seguros de automóviles equipara los patinetes con los vehículos a motor. De esta forma, quien circule con un patinete debe contar un seguro de responsabilidad civil. La reforma entró en vigor en julio de 2025 y la Dirección General de Tráfico (DGT) debía preparar un registro obligatorio para los vehículos de movilidad personal (VMP), que debía estar listo antes del 2 de enero de 2026. Así, cuando la cuenta atrás había comenzado, la Dirección General de Tráfico (DGT) echó el freno. El 2 de enero no podía ponerse en marcha la medida, tal y como estaba prevista, porque el registro necesario como paso previo antes de la contratación del seguro estaba preparado, pero no tenía marco legal. De esta forma, ahora se inicia una nueva prórroga, sin plazo concreto y solo para los vehículos de menos de 25 kilos.
"Aunque el desarrollo técnico para el registro de los VMP está ya concluido, actualmente se está tramitando el Real Decreto que dará cobertura jurídica a la inscripción de todas las categorías de los vehículos de movilidad personal", explica la DGT. Y es que el Consejo de Ministros acordó la tramitación de la normativa por vía urgencia el 18 de noviembre. Sin embargo, la tramitación no ha llegado a tiempo y su aprobación antes del 2 de enero no es posible.
Así, mientras se tramita la regulación correspondiente, la Dirección General de Tráfico explica que "no será aplicable la obligación previa de inscribir los vehículos de movilidad personal hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo". "En particular, no será exigible la obligación de aseguramiento de los considerados vehículos personales ligeros a efectos de la disposición adicional primera de la Ley 5/2025 hasta que el registro esté debidamente regulado y operativo, y pueda realizarse su inscripción", explican en un comunicado.
Hasta el 26 de enero
Ahora bien, no todos los patinetes están exentos del seguro obligatorio hasta nueva orden. La Ley 5/2025 obliga a determinados patinetes a tener seguro obligatorio sin necesidad de inscripción previa en el registro de vehículos. Se trata de aquellos vehículos de movilidad personal con un peso superior a 25 kg y velocidad superior a 14 km/h. El periodo transitorio para su aseguramiento finalizará el 26 de enero de 2026 y ahí no hay ningún cambio ni moratoria prevista.
"Tras la aprobación y entrada en vigor del citado real decreto, todos los vehículos de movilidad personal quedarán obligados a su inscripción en el Registro de Vehículos, mediante un sencillo procedimiento telemático de inscripción a través de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico", recuerdan desde la DGT. Una vez se apruebe el real decreto para regulación e inscripción de VMP en el registro, la DGT informará sobre el proceso de inscripción.
Lo que dice la reforma y cómo afecta a los patinetes
La ley obliga a obtener certificados de circulación, a que se incluya el patinete en el registro de la DGT, a que el vehículo lleve una etiqueta identificativa (con el número de inscripción) y a la necesidad de tener una póliza que cubra los daños a terceros en caso de sufrir un accidente. Además, para poder definir a los patinetes en esta nueva normativa, se creó el concepto "vehículo personal ligero". En él entran todos los que reúnan las siguientes características entre otras: Estar dotado de una única plaza, que esté motorizado y que su velocidad máxima de fabricación sea de entre 6 y 24 km/h en caso de pesar menos de 25 kg y de entre 6 y 14 km/h si los supera.
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