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El Consell allana el trámite de los grandes proyectos para autorizarlos en máximo 9 meses

El Ejecutivo autonómico reivindica que el macrodecreto de Simplificación Administrativa impedirá que haya grandes actuaciones urbanísticas en espacios de la Red Natura 2000

Los vicepresidentes del nuevo Gobierno valenciano comparecen ante el pleno de las Corts, antes de Navidad.

Los vicepresidentes del nuevo Gobierno valenciano comparecen ante el pleno de las Corts, antes de Navidad. / Ana Escobar / EFE

València

Los denominados Proyectos de Interés Autonómico (PIA) podrán recibir todo su visto bueno de la Generalitat en un plazo de entre seis y nueve meses. Es una de las principales novedades del segundo decreto-ley de Simplificación administrativa aprobado en el último pleno del Consell del año, un macrodecreto que modifica o elimina cerca de 750 artículos de la legislación valenciana y que introduce cambios de calado en los llamados PIA, una figura de reciente creación orientada a facilitar la llegada de grandes proyectos a la autonomía.

De este modo, fuentes del departamento que encabeza Vicente Martínez Mus explican que estas iniciativas que exigen una inversión mínima de 50 millones de euros o de 75 millones en el caso de instalaciones energéticas podrán resolverse en un plazo aproximado de seis meses si requieren licencia ambiental, o de nueve meses si están sujetas a una Autorización Ambiental Integrada, una reducción de plazos que se da, defienden, “corrigiendo excesos regulatorios, pero sin desregular ni vaciar de contenido los controles ambientales”.

Es más, la Vicepresidencia tercera y Conselleria de Medio Ambiente defiende que este nuevo decreto ley no solo no rebaja las garantías ambientales de los Proyectos de Interés Autonómico (PIA), sino que las refuerza y corrige “disfunciones” detectadas tras la puesta en marcha de esta figura. Fuentes del departamento que dirige Mus subrayan que la reforma introducida por el Decreto Ley 14/2025 responde a la experiencia acumulada en los primeros meses de aplicación del primero de Simplificación Administrativa y busca mejorar tanto la protección del territorio como la coherencia del procedimiento.

Para ello, uno de los principales cambios es que la nueva regulación establece una exclusión expresa y tajante de los ámbitos pertenecientes a la Red Natura 2000. “Por primera vez se fija de manera clara que en estos espacios no será posible implantar un PIA en ningún caso”, destacan fuentes de este departamento. Esto contrasta con la normativa derogada, impulsada hace año y medio por el mismo Ejecutivo autonómico, que permitía la implantación de estos proyectos en cualquier punto del territorio valenciano, con independencia de su clasificación urbanística, e incluso contemplaba la posibilidad de habilitar de forma excepcional suelo no urbanizable protegido, siempre que se justificara su idoneidad y se impusieran medidas correctoras y compensatorias.

"Más lógica y garantista"

Con el nuevo decreto, añaden las mismas fuentes, se mantiene la posibilidad de implantar PIA en gran parte del territorio, pero consideran que se introducen contrapesos adicionales cuando se trate de suelo no urbanizable con algún grado de protección. No obstante, a través de modificaciones en la Lotup, relaja las condiciones en terrenos de dominio público o hidráulico o espacios forestales y ecológicos sujetos a medidas de regeneración o conservación, entre otros, ya que hasta ahora obligaba a las nuevas actividades que se implanten a "adecuarse" a sus requerimientos.

En caso de que el terreno escogido sea suelo no urbanizable protegido o esté en la Infraestructura Verde, "el Consell decidirá la implantación del proyecto, tras considerar las alegaciones presentadas por los ayuntamientos afectados, así como por el órgano sectorial autonómico competente". Con este último fragmento la Generalitat se arroga la capacidad de tener la última palabra en caso de que el ayuntamiento de la localidad donde se va a implantar el PIA se opusiera al mismo, pudiendo ejecutar el proyecto pese a una hipotética oposición municipal.

Por su parte, la conselleria defiende que esta reforma introduce una secuencia procedimental “más lógica y garantista”. Según explican, a partir de ahora el primer paso tras la solicitud del promotor será un acuerdo del Consell que se limita a declarar el carácter estratégico de la actuación. Esa declaración, precisan, no prejuzga la viabilidad urbanística ni ambiental del proyecto, sino que actúa como habilitación previa para que, posteriormente, se tramiten las autorizaciones sectoriales correspondientes conforme a la normativa vigente.

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