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Tribunales

La jueza de la dana rechaza incluir a dos personas fallecidas como víctimas

También deniega la personación por los daños psicológicos que alegó la madre de una persona discapacitada por la respuesta del servicio de teleasistencia y de unos Policías Locales

La magistrada vuelve a citar a una técnica del 112 tras admitir otro testigo que se sabía la retirada de los bomberos de la vigilancia del barranco del Poyo

También convoca a declarar, aún sin fecha, a los escoltas de Carlos Mazón el 29 de octubre

Barranco de Torrent o del Poyo a su paso por Paiporta, en una imagen captada el 30 de octubre de 2024.

Barranco de Torrent o del Poyo a su paso por Paiporta, en una imagen captada el 30 de octubre de 2024. / Miguel Angel Montesinos

València

La jueza de la dana, Nuria Ruiz Tobarra, titular de la Plaza número 3 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Catarroja ha rechazado en dos autos notificados hoy a las partes incluir en la causa a dos personas fallecidas, un hombre y una mujer, como nuevas víctimas mortales de la dana del 29 de octubre de 2024. A fecha de hoy hay 230 víctimas de la dana reconocidas y el juzgado de la dana tiene otras siete peticiones en estudio.

Las peticiones las habían formado familiares de las dos personas fallecidas, al entender que no puede establecerse “un nexo causal” entre esas muertes y los hechos objeto de la investigación.

Una de las peticiones la realizaba la hija de un hombre de 80 años, que falleció el 29 de octubre de 2024. La mujer relataba que su padre "sufrió de un dolor en el costado derecho. Estuvieron llamando a urgencias hasta 82 veces sin obtener respuesta". En el municipio donde vivían "a las 18.30 horas comenzó a entrar agua en la planta baja", aunque ellos vivían en un tercer piso. "El dolor fue en aumento hasta la pérdida de conciencia a las 22:31 horas. Media hora más tarde los bomberos confirmaron la ausencia de signos vitales", relataron los familiares a la jueza de la dana. La magistrada responde a esta petición que "no es posible establecer un nexo causal con los hechos objeto de la presente investigación en atención a las circunstancias en las que se produjo el fallecimiento, dado que como pone de manifiesto el Ministerio Fiscal queda al margen de la gestión de la situación de emergencia y de salvaguarda de población".

La otra solicitud también la presentó la hija de una fallecida en Catarroja. La mujer visitó el Hospital La Fe el 29 de octubre para una revisión, pero al no poder volver por las graves inundaciones, permaneció ingresada esa noche. "La hija habló con su madre el 29 de octubre de 2024, así como el día siguiente a las 6.15 o 6.20 horas. Y le contó que no podía entrar en su casa porque había entrado el agua a unos 1, 70 metros, que lo había perdido todo, y que no podía volver porque las calles estaban llenas de barro, coches y trastos. Y quería pedirle a la doctora que se quedara un tiempo en el hospital, pero después de la llamada su madre se puso mala del disgusto de lo que había pasado en su casa, y falleció una hora después de esa llamada", según recoge el auto notificado hoy a las partes. La magistrada de la dana señala al respecto que no puede establecerse una relación de causalidad entre los hechos objeto de investigación, la falta de adopción de medidas destinadas a la protección de la población, y el fallecimiento de la mujer. No se investigan en este procedimiento los daños materiales, los cuales no se pueden imputar a los investigados, por lo que en definitiva tampoco se puede establecer una relación de causalidad".

La magistrada también rechaza en un tercer auto la inclusión como víctima en estas diligencias previas de una mujer que había presentado una denuncia en la que refiere que padece lesiones psicológicas, por la atención que recibió del servicio de teleasistencia y de unos policias locales. La magistrada resume la denuncia de la mujer "madre de dos hijos, uno de 22 años, que padece autismo con una discapacidad del 76% y otra hija de 19 años". El 29 de octubre, "tras recoger a su hijo de un centro ocupacional en Mislata se dirigieron a su domicilio en Montserrat. Llegaron a la vivienda poco antes de las 17 horas, a partir de esa hora comenzaron a tener problemas de comunicación, así como entrada de agua en la vivienda por lo que decidió marcharse junto con sus hijos a su despacho profesional en Valencia. Tras diversos problemas de circulación fueron desviados al centro comercial a Bonaire donde pasaron la noche. Durante dicho episodio su hijo sufrió una crisis derivada de su patología".

La magistra señala al respecto que "el objeto del presente procedimiento es la investigación de las negligencias respecto de la causación de presuntos delitos de homicidio y lesiones imprudentes con ocasión de la dana, cuyo momento álgido se produjo el día 29 de octubre de 2024. Es indudable que la DANA produjo un impacto y perjuicio a la denunciante y a sus hijos. Sin embargo, no es factible ni la investigación en este procedimiento penal del delito de omisión del deber de socorro ni de lesiones psicológicas imprudentes como se estableció de forma definitiva en auto de la Audiencia de València de 17 de mayo de 2025".

La magistrada Nuria Ruiz Tobarra también ha acordado volver a citar a Gloria Torres, técnica facultativa en el centro de mando y control del Centro de Coordinación de Emergencias de l'Eliana desde 2022, tras la declaración de otro técnico y testigo Blay Soler, quien aseguró que Emergencias sí supo de la retirada de los bomberos forestales del Poyo. Un detalle que ningún técnico había admitido hasta ahora. Y que suma más incógnitas a la decisión de retirar los bomberos del barranco del Poyo que nadie asume ante la jueza de la dana.

A la vista de la declaración del martes, como del oficio remitido por la Subdirección General de Emergencias sobre los trabajadores que se encontraban desempeñando sus funciones en los dos puestos de trabajo de operación de la Sala de Mando y Control del 1 CCE de la Generalitat el día 29 de octubre de 2024, la jueza ha decidido volver a llamar como testigo a la técnica facultativa, que en su comparecencia el pasado mes de octubre afirmó que bomberos forestales no les comunicaron la mañana del 29O la retirada del barranco del Poyo.

En la misma providencia, la magistrada cita a declarar como testigos, aún sin fecha, a un Subinspector de Policía, coordinador del Servicio de Seguridad Dinámica de Presidencia, y otros tres agentes, escoltas del expresidente de la Generalitat Carlos Mazón. Así lo ha acordado tras un oficio de la Unitat de la Policía Nacional Adscrita a la Comunitat Valenciana en el que se identificó a los escoltas asignados al exjefe del Consell el día de la dana.

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