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De bebés apátridas a españoles: Los registros civiles rectifican

Los registros civiles de València vuelven a inscribir como españoles a bebés nacidos en España cuyos progenitores carecen de permiso de residencia

Una de las familias afectadas cuyo bebé figuraba como apátrida.

Una de las familias afectadas cuyo bebé figuraba como apátrida. / Germán Caballero / LEV

Mónica Ros

Mónica Ros

València

El imaginario colectivo aún perpetúa la falsa idea de que el bebé que nace en España adquiere la nacionalidad española. No es así. Adquiere la nacionalidad de su madre. Ahora bien, hay países que no conceden la nacionalidad de los bebés que no nacen en ese país. Es el caso de países como Colombia, Costa Rica o Chile. Así, si el país de origen de los padres no reconoce al niño como suyo, España le otorga la nacionalidad para evitar la apatridia. Lo hace mediante el procedimiento que se llama "nacionalidad por simple presunción", pero durante al menos un año no se ha llevado a cabo en algunos registros civiles valencianos para padres y madres en situación administrativa irregular. Y así, al menos 13 bebés nacidos en la provincia de València han sido inscritos como apátridas. La apatridia implica sufrir todo tipo de restricciones para acceder a derechos fundamentales como la educación, atención sanitaria, empleo y libertad de circulación.

El motivo por el que numerosos registros de toda España -entre ellos muchos valencianos- hayan estado rechazando sistemáticamente este tipo de inscripción era el nuevo programa informático del Registro Civil -conocido como Dicireg-, ya que exigía la presentación de la tarjeta de residencia a los progenitores. Esta práctica vulneraba tanto la legislación española (artículo 17 del Código Civil) como la normativa internacional que protege el interés superior del menor (Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas).

El Programa de Igualdad de Trato y No Discriminación de València Acull ha atendido a 13 familias a las que se les ha desestimado el registro de la nacionalidad española de sus bebés porque sus padres se encontraban en situación administrativa irregular o, incluso, se les ha negado el derecho a presentar la solicitud. Ante esta situación, presentaron quejas y recursos contra las resoluciones denegatorias de los registros civiles de València, Algemesí, Benetússer, Burjassot, Carlet, Mislata y Moncada ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia. Paralelamente, la Red Acoge en coordinación con otras entidades sociales, mantuvo reuniones con responsables del ministerio para advertirles de las irregularidades que se estaban cometiendo.

A partir de octubre del año pasado, las familias comenzaron a recibir las resoluciones de la dirección general estimando los recursos y declarando "con valor de simple presunción" que las y los menores son españoles. En estas resoluciones se reconocía el error de interpretación de los registros sobre las exigencias del nuevo programa informático: "Si bien es cierto que en los manuales de procedimiento de Dirireg de aplicación en las oficinas de los registros civiles (…) se menciona que (…) se aportará la tarjeta de residencia de los progenitores, también lo es que esa mención no debe entenderse como un documento imprescindible, sino como uno más de los documentos que, si existe y se aporta, tendrá en cuenta la persona encargada del registro para valorar la concurrencia o no de la situación de apatridia que le corresponda calificar".

Recursos en el aire

Sin embargo, todavía no se han remitido resoluciones estimatorias de todos los recursos presentados en los pasados meses y en algunos registros siguen poniendo dificultades para inscribir la nacionalidad española por simple presunción. Recientemente, una madre presentó una queja ante el Ministerio de Justicia contra el registro civil de Carlet por exigirle su registro de nacimiento como requisito previo para poder formalizar la solicitud de inscripción de su bebé. La madre quiso presentar una queja en el mismo registro, pero quien le atendió se limitó a indicarle que lo hiciera on line. En la queja ante el ministerio expone que en las hojas de procedimientos del Registro Civil no consta que el certificado de nacimiento de los progenitores sea una documentación requerida para realizar este trámite (apartado 5.5.1).

Por todo ello, desde València Acull reclaman que la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe agilice la resolución aprobatoria de los recursos y que inste a todos los registros a facilitar la inscripción de los bebés para que no continúen en situación de apatridia.

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