Un juzgado de Ceuta anula el traslado de un menor no acompañado recurrido por la Generalitat Valenciana
El Gobierno central rechaza que la sentencia del tribunal afecte a la política general de reubicaciones y lo circunscribe a "cuestiones formales"

El president de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, junto a Susana Camarero en la sesión de control, este jueves. / Rober Solsona/Europa Press

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Ceuta ha admitido el recurso presentado por la Generalitat Valenciana contra el traslado a tierras valencianas de un menor migrante no acompañado desde Ceuta impulsado por el decreto del Gobierno central. La resolución la ha anunciado el president de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, en la sesión de control en las Corts mientras el Ministerio de Infancia y Juventud reduce su implicación y lo sitúa en algo puntual "por cuestiones formales".
"Existe una más que evidente falta de motivación en la resolución recurrida respecto a la asignación del traslado del menor a la Comunidad Autónoma Valenciana, lo que ha producido una notoria indefensión a la parte recurrente que se ve impedida de poder combatir dicha asignación al desconocerse por completo os concretos criterios que se han aplicado", señala la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico que, sin embargo, advierte que cabe recurso.
Según ha explicado Llorca durante la sesión de control parlamentaria de este jueves, el dictamen del juzgado supone evidenciar "que el Gobierno de España traslada a los menores vulnerando sus derechos y escondiendo los criterios que utiliza para asignarlos a una comunidad o a otra". "La justicia ha dejado claro que hay una política errática migratoria del Gobierno de España", ha afirmado en respuesta a una pregunta del síndic de Vox.
En la resolución judicial de Ceuta se señala que en el expediente administrativo en el que se basa este traslado "no hay la más mínima información sobre cómo se han aplicado los criterios" para la asignación del menor a la Comunitat Valenciana ya que en el procedimiento no hay "la más mínima explicación" sino que solo se ha basado en el decreto del Ministerio de Juventud e infancia, "pero sin aportar ninguna documentación al efecto que pudiera permitir a la parte recurrente verificar cómo se han aplicado dichos criterios".
Informe del ministerio
Sin embargo, el Ministerio de Infancia y Juventud del que depende la competencia de estos traslados rechazan el carácter general que le ha querido dar Llorca en su explicación y centran la resolución en un procedimiento "por cuestiones formales, que ya han sido subsanadas". Es más, añaden que este hecho "no paraliza el resto de reubicaciones futuras ni tampoco las anteriores".
Según inciden fuentes del departamento que encabeza Sira Rego, "en todo momento, el Gobierno ha sido transparente respecto a los criterios que vehiculan esta acogida vinculante y solidaria", y así, señalan, está reflejado en el Real Decreto. "No obstante, desde el Ministerio de Juventud e Infancia se ha elaborado un informe detallado sobre el procedimiento, el cual ya ha sido derivado al Juzgado de Ceuta", remarcan.
En este sentido, el ministerio destaca que durante el último año, el desarrollo del Real Decreto-ley 2/2025 que ha modificado el Artículo 35 de la Ley de Extranjería "se ha desarrollado con absoluta normalidad a pesar de la estrategia racista de las Comunidades Autónomas gobernadas por el PP" y que "hasta ahora" todos los recursos judiciales de las autonomías "han sido tumbados por los tribunales".
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