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Antifraude bifurcará en tres canales las vías de denuncia para blindar al informante

La agencia borra de su reglamento el criterio de paridad de género y limita al director del ente como el único que ha de presentar una declaración de rentas

El director de la Agencia Antifraude, Eduardo Beut, entrega a la presidenta de las Corts la memoria de actividad del ente en 2025.

El director de la Agencia Antifraude, Eduardo Beut, entrega a la presidenta de las Corts la memoria de actividad del ente en 2025. / Rober Solsona / Europa Press

Diego Aitor San José

Diego Aitor San José

València

La Agencia Antifraude tendrá en las próximas fechas un nuevo Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interior. Es el último vestigio normativo que queda del proyecto impulsado por el Botànic y que en los últimos dos años, con la mayoría de PP y Vox en las Corts, ha vivido una auténtica reformulación con cambio de ley, director y organigrama. Este giro llega ahora a su manual de actuación para el día a día donde desaparecen algunos límites sobre incompatibilidades o conflictos de intereses de sus trabajadores, el requisito de paridad de género y habilita un nuevo mecanismo para tramitar las denuncias.

De hecho, más que un nuevo mecanismo, son hasta tres canales distintos. Es la nueva forma de operar para poder adaptarse a la legislación europea. Se pasa del buzón de denuncias que venía utilizándose ahora para todo a "tres canales electrónicos diferenciados" que, según remarca el reglamento, no podrán integrarse "funcional, técnica o administrativamente con los restantes dado que sus fines, naturaleza jurídica y garantías difieren" y operarán de manera "autónoma".

En este sentido, estará por una parte el Registro Electrónico General que será "para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a la entidad, garantizando su identificación, autenticación, trazabilidad y constancia formal" de la denuncia; por otra parte estará el Canal externo de denuncias para comunicar "infracciones normativas o conductas contrarias al interés público" y en el que se "deberá garantizar el anonimato del informante" y "la ausencia de conflictos de interés", entre otros, y, por último, un Canal Interno o Buzón de denuncias para "tramitación de denuncias relativas a irregularidades o incumplimientos cometidos en el ámbito de la propia organización o por personal a su servicio" y donde también se garantizará la confidencialidad del informante.

Eduardo Beut,director de la Agencia Valenciana Antifraude

Eduardo Beut,director de la Agencia Valenciana Antifraude / Levante-EMV

La referencia sobre esta bifurcación del método para llevar a cabo estas denuncias es una incorporación en un documento que, sin embargo, ha menguado significativamente respecto al de 2019, aún en vigor. Uno de ellos es el que se refiere a la paridad de género. En este sentido, el organismo que encabeza Eduardo Beut ha eliminado el artículo relativo al "criterio de paridad". En este se señalaba que en el personal de la Agencia y en los órganos colegiados que se puedan crear en desarrollo de este reglamento, incluida la mesa negociadora de condiciones de trabajo, en cada una de sus representaciones, "existirá presencia paritaria de mujeres y hombres, ajustándose al principio de equilibrio por razón de sexo, conforme a la normativa vigente".

Remitir al Código Ético

No es la única desaparición que hay en la actualización de este reglamento sacado a información pública este jueves. También se eliminan los artículos sobre conflicto de intereses e incompatibilidades, remitiéndose al Código Ético, publicado en mayo. En este se mantiene la necesidad de pedir una autorización para ejercer "otra actividad" por parte de los trabajadores, rechaza aceptar "cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas por el ejercicio de nuestras funciones públicas" y deja al Comité de ética como encargado de revisar estas situaciones.

Por su parte, en el reglamento aún vigente se señala: "Para preservar la independencia y la integridad de la Agencia, el personal a su servicio no puede intervenir en ningún asunto tramitado por la misma en el que, directa o indirectamente, tenga intereses de cualquier tipo que puedan comprometer su imparcialidad" y que, en ese sentido, "debe interpretarse en el sentido más amplio posible".

Asimismo, en ese reglamento se reclama que quienes ocupen "puestos con rango de jefatura de servicio o superior, que tenga poder de decisión o influencia en la toma de decisiones o que gestione los sistemas de información" deben presentar una declaración de rentas, de bienes y derechos patrimoniales. Esta circunstancia solo se mantiene en el Código Ético para una persona: el director de la Agencia Antifraude en la misma línea que un alto cargo de la Generalitat.

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