Los incendios forestales y la labor de Vercher en la Fiscalía de Medio Ambiente, dos acelerantes de los planes locales contra el fuego
La acciones emprendidas desde el Tribunal Supremo por el recién fallecido fiscal contra los delitos ecológicos empujaron a la mayoría de ayuntamientos a gestionar sus planes de protección del monte con 25 años de retraso o más
435 de los 515 consistorios valencianos con masa forestal aprobaron sus programas entre 2020 y 2025 y en la actualidad solo quedan 13 expedientes en trámite para completar el mapa valenciano contra los incendios

Los planes locales de prevención de incendios incluyen labores de conservación del monte. / Levante-EMV
Francesc Arabí
La muerte de cualquier persona, pero especialmente la de aquellas con proyección pública, comporta la herencia de un legado. Que no siempre es material y a menudo recae en la sociedad. El fallecimiento del fiscal Antonio Vercher, valenciano de Tavernes de la Valldigna (la Safor), deja una ejecutoria jurídica y una producción bibliográfica ligada al derecho medioambiental (libros como La delincuencia urbanística (2002), Comentarios al delito ecológico (1986), El derecho europeo medioambiental (2005) o, el publicado en 2024, Tropiezos éticos y prácticos en la protección penal del medio ambiente), que avala la figura de un pionero, del primer fiscal de Medio Ambiente y Urbanismo de España.
Cuando el hoy manido concepto de sostenibilidad, ligado a la necesidad de compatibilizar el crecimiento económico con la defensa del patrimonio ecológico, aun no había penetrado en la sensibilidad del legislador y del jurista, Vercher ya formaba parte de ese reducido grupo de guardianes del medio ambiente desde el ámbito judicial. Y su trabajo ha dejado huella en la labor ecológica de las instituciones. Por ejemplo, sin su acción desde la Fiscalía de Medio Ambiente del Tribunal Supremo, a donde accedió en 1996, el mapa español de planes locales contra incendios sería distinto. Estaría mucho más desierto. Y el valenciano, por supuesto que también.
La fiscalización de los planes locales
Antes de recalar en la Fiscalía del Alto Tribunal, Vercher fue coordinador de delitos contra el Medio Ambiente en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Desde los dos frentes defendió activamente que los incendios no solo se combaten a través de la extinción, sino, sobre todo, con la prevención. Y en ese punto defendió y vigiló que los municipios cumplieran con su obligación de contar con planes de prevención complementarios a los autonómicos. La ola de fuegos que entre el verano de 2021 y 2023 azotaron España (solamente en el primer trimestre de 2023 ardieron 42.0000 hectáreas) llevó al fiscal coordinador de Medio Ambiente del Supremo a enviar circulares a los fiscales delegados para que controlaran que los municipios cumplían. Y recordó que esos incendios daban origen a procedimientos penales, que implicaban a ayuntamientos.
En el quinquenio 2020-2025 y en parte gracias al estímulo que supuso esta labor de la Fiscalía del Supremo, los ayuntamientos se pusieron las pilas. En la Comunitat Valenciana se aprobaron en ese período 435 planes Planes Locales de Prevención de Incendios Forestales (PLPIF). Una cifra que representa el 84% de los municipios valencianos obligados a contar con estos planes. La creación por parte de la Generalitat del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal para financiar actuaciones previstas en estos planes también favoreció este impulso municipal de cumplimiento de una obligación que llevaba 30 años vigente. Actualmente, son ya 502 los ayuntamientos que han aprobado su hoja de ruta de prevención del fuego en el monte.

Mapa valenciano de los planes locales de prevención de incendios forestales (PLPIF). / Levante-EMV
Versión reducida y 27 exentos
Hasta ese momento, apenas se habían gestionado este tipo de resoluciones de planificación territorial municipal. Las primeras llegaron a partir de 2009, pese a que las normas, española y valenciana, que obligan a los ayuntamientos a contar con estos planes tenían ya más de 15 años. En el caso valenciano, el artículo 55.3 de la Ley 3/1993 obligaba ya a las entidades locales a redactar planes de prevención de incendios en sus términos municipales. Una obligación general para todos los que contaran con superficie forestal. Si los terrenos forestales ocupan menos de 500 hectáreas o entre 500 y 1.000 en terreno forestal “discontinuo” se permite que el plan sea “reducido”. Con menores exigencias.
Y si el municipio no cuenta con zona de monte, queda exento de elaborar un plan contra incendios. En esta tesitura se encuentran 27 consistorios, 4 de ellos en la provincia de Alicante y 23 en las comarcas de Valencia. Entre estos ayuntamientos, figuran los alicantinos de Dolores o Formentera del Seguro, y valencianos como Burjassot, Almussafes, Almàssera, Albuixech, Albal, Benetússer, Massalfassar, Sedaví o Xirivella. La ley permite que los municipios con menos de 25 hectáreas de terreno forestal también puedan quedar exentos, pero no automáticamente, ya que tienen que solicitarlo a la Conselleria y aprobar en pleno que se acogen al plan de prevención de incendios forestales de su demarcación. A ese precepto se acogieron cinco municipios valencianos que cumplen los requisitos técnicos: Alfara del Patriarca, Beneixida, Daimús, Foios y Massalavés.
En todos los casos, los 515 municipios legalmente obligados, los planes locales de quemas agrícolas, quedan subsumidos en los de prevención de incendios. En estos momentos hay 9 expedientes de planes locales contra el fuego (1 e Alicante y 8 en Valencia) pendientes de ser validados por la Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio. Y otros cuatro municipios (1 en Alicante y 3 en Valencia) están tramitando sus planes.
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