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Tribunales

La Audiencia de València rechaza los últimos recursos de los empresarios Francis Puig y Adell Bover y los aboca a juicio

La sección tercera avala el auto de inicio de procedimiento abreviado dictado por el juez de Instrucción 4 Jorge Martínez Ribera, recurrido por los abogados de los dos acusados

Aún queda pendiente otro recurso por la decisión del magistrado de incluir las ayudas de Cataluña, pese a que la Generalitat catalana no ve fraude

Imagen de archivo del empresario audiovisual, Francis Puig, en la Ciudad de la Justicia de València.

Imagen de archivo del empresario audiovisual, Francis Puig, en la Ciudad de la Justicia de València. / Miguel Ángel Montesinos

València

La Audiencia de València ha rechazado los últimos recursos presentados por los empresarios Francis Puig y Joan Enric Adell Bover y los aboca al juicio oral, según el fallo notificado hoy a las partes. Los magistrados de la sección tercera avala así el auto de inicio de procedimiento abreviado dictado por el juez de Instrucción 4 Jorge Martínez Ribera, marido de la jueza de la dana, la magistrada Nuria Ruiz Tobarra, que recurrieron los abogados de los dos acusados, Javier Falomir Faus y Carmen Gallego Chinillach, respectivamente.

El pasado mes de octubre, el titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Valencia ya decretó la apertura de juicio oral contra Francis Puig y Juan Enrique Adell Bover, los dos empresarios audiovisuales encausados por presuntas irregularidades en el cobro de subvenciones de la Generalitat Valenciana y la de Cataluña para el fomento del valenciano en medios de comunicación entre los años 2015 y 2018. El magistrado titular del Juzgado de Instrucción 4 concluyó en su auto que ambos pudieron incurrir en un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito de estafa agravada.

Los letrados de las defensas basaron sus recursos en la "lo sorpresivo de la imputación realizada por un nuevo delito que no ha aparecido a lo largo de la instrucción, el delito de estafa, habiéndose seguido el procedimiento durante la tramitación de la causa por el delito de fraude de subvenciones" por lo que alegaban que "se ha producido un cambio sustancial en el objeto procesal, lo que les ha causado indefensión al no haber sido interrogados en instrucción por el nuevo delito de estafa".

Cabe recordar que esta causa se investiga desde 2019 tras la denuncia de la diputada del PP, Eva Ortiz, que denunció los presuntos delitos de malversación, prevaricación, tráfico de influencias y contra la hacienda pública de los que, finalmente, sólo se han hallado indicios de una posible estafa y falsedad documental en las ayudas al valenciano concedidas por la Generalitat Valenciana y la Generalitat de Catalunya de 2015 a 2019. Aunque el PP insistió en su escrito de acusación de imputar a ambos empresarios el presunto delito de fraude de subvenciones, el magistrado lo descartó, al aplicar el Código Penal más favorable a los acusados, como obliga la legislación.

Los tres magistrados de la sección tercera de la Audiencia de València que han analizado los recursos de las dos defensas, Carmen Melero Villacañas-Lagranja, Lucía Sanz Díaz (ponente) y Lamberto Rodríguez Martínez, rechazan los argumentos de los letrados de ambos acusados. Aseguran que "lo relevante, a efectos del derecho de defensa, es conocer en fase de instrucción el sustento fáctico de la imputación, pudiendo desplegar, en relación a los concretos hechos imputados, la defensa que el interesado considere oportuna mediante la proposición y práctica de las diligencias de investigación que estime conveniente o interviniendo también en las que se practiquen a instancias de la contraparte o de oficio por el instructor" . Y añaden que en esta causa "el sustento fáctico de la imputación que ha venido haciéndose durante la fase de instrucción permite, a priori y sin perjuicio de lo que pudiere declararse tras la práctica de la prueba en el juicio oral, la posible calificación por el delito de estafa" que la jurisprudencia prevé la relación concursal con el fraude de subvenciones".

Aunque a la causa aún le queda otro recurso pendiente ante la sección tercera de la Audiencia de València contra decisión del magistrado del Juzgado de Instrucción 4 de incluir las ayudas de Cataluña, pese a que la Generalitat catalana no ve fraude ni reclama ninguna cantidad.

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