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Debate

Qué es la "prioridad nacional" que han pactado PP y Vox y por qué puede chocar con la ley

La 'prioridad nacional' busca dar preferencia a los españoles en políticas sociales, pero su aplicación jurídica es compleja y puede ser anulada judicialmente

Un grupo de personas haciendo cola de noche ante las oficinas municipales para obtener los documentos necesarios para la regularización

Un grupo de personas haciendo cola de noche ante las oficinas municipales para obtener los documentos necesarios para la regularización / JM López

Es la expresión del momento: "Prioridad nacional". Tras los pactos de PP y Vox en Extremadura y Aragón, estas dos palabras se han convertido en toda una declaración de intenciones que conviene entender para saber si su aplicación es factible y, de serlo, hasta cuánto. La "prioridad nacional" es una fórmula política que PP y Vox han incorporado a sus últimos acuerdos para formar gobiernos autonómicos que podría resumirse en algo tan simple como "primero los españoles". De hecho, defiende que los españoles tengan preferencia frente a los extranjeros en el acceso a determinadas ayudas públicas, vivienda protegida, alquiler social o prestaciones autonómicas. En la práctica, el concepto pretende introducir la nacionalidad como criterio de ordenación de recursos públicos, especialmente en políticas sociales y migratorias.

Su atractivo político reside en su aparente sencillez: primero los nacionales, después los demás. Pero su aplicación jurídica es mucho más compleja, hasta incluso irreal. En España, las comunidades autónomas pueden diseñar políticas sociales dentro de sus competencias, pero no pueden hacerlo al margen de la Constitución, de la Ley de Extranjería ni del derecho europeo.

El principal límite está en el principio de igualdad. El artículo 14 de la Constitución establece que los españoles son iguales ante la ley y prohíbe la discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social. Además, el artículo 13 reconoce que los extranjeros gozan en España de las libertades públicas en los términos establecidos por los tratados y la ley.

Ese marco se concreta en la Ley Orgánica 4/2000, conocida como Ley de Extranjería. La norma reconoce que los extranjeros residentes tienen derecho a los servicios y prestaciones sociales, tanto generales y básicas como específicas, en las mismas condiciones que los españoles. También obliga a las administraciones a actuar conforme al principio de no discriminación y al reconocimiento de iguales derechos y obligaciones para quienes viven o trabajan legalmente en España.

Por eso, la "prioridad nacional" puede ser contraria a la normativa si se traduce en una exclusión automática de personas extranjeras por el mero hecho de no tener nacionalidad española. Una cosa es fijar requisitos objetivos —renta, residencia efectiva, empadronamiento, vulnerabilidad, edad, cargas familiares o situación administrativa— y otra distinta es establecer una preferencia general basada solo en el pasaporte.

Lema político de difícil aplicación

La clave está en la concreción. Como lema político, la expresión opera en el terreno del discurso. Como norma administrativa, tendría que superar varios filtros: competencia autonómica, proporcionalidad, justificación objetiva y respeto a la igualdad de trato. Si una medida impide a extranjeros residentes acceder a prestaciones básicas reconocidas por la ley, abre la puerta a recursos judiciales y a una eventual anulación.

En definitiva, la "prioridad nacional" busca convertir la nacionalidad en criterio preferente de acceso a recursos públicos. Pero el Estado de derecho no permite que una consigna sustituya al marco legal: las administraciones pueden ordenar sus ayudas, pero no discriminar arbitrariamente a quienes la legislación reconoce como titulares de derechos.

En esta línea se ha pronunciado el Síndic de Greuges, Ángel Luna, cuando defendió que tanto la Constitución, el Estatut y la Carta de Derechos Sociales de la Comunitat Valenciana de las personas inmigrantes garantizan y velan por el respeto a la igual dignidad de todas las personas y la garantía de no discriminación por razón de la condición de persona inmigrante. Luna hace hincapié en que se reconoce la equiparación de derechos sociales entre las personas que ostenten la condición jurídica de valencianos o valencianas y las personas inmigrantes que residan en la Comunitat Valenciana, en los términos establecidos en la legislación estatal y autonómica aplicable.

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