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Educación

El sindicato mayoritario rechaza la propuesta definitiva de servicios mínimos de la Conselleria

El STEPV considera que las nuevas exigencias de Educación para segundo de bachillerato son aún más restrictivas

Concentración convocada por STEPV, CSIF, CCOO y UGT con motivo de la reunión de Mesa Sectorial. Conselleria de Educación

Concentración convocada por STEPV, CSIF, CCOO y UGT con motivo de la reunión de Mesa Sectorial. Conselleria de Educación / EUROPA PRESS

Lucía Prieto

Lucía Prieto

Nuevo choque entre la Conselleria de Educación y los sindicatos sobre la huelga indefinida prevista para el próximo 11 de mayo. El STEPV, sindicato mayoritario entre los docentes, ha emitido un comunicado en el que rechaza la nueva propuesta para los servicios mínimos.

El sindicato considera "todavía más restrictiva" la nueva redacción, que exige que se consideren servicios mínimos "los actos imprescindibles para la evaluación final ordinaria y extraordinaria, calificación, firma de actas, publicación de resultados y tramitación de reclamaciones o documentación necesaria para el acceso a la EBAU" de los alumnos de segundo de bachillerato.

En el escrito remitido por el STEPV critican la inexactitud de estos servicios mínimos: "¿Qué quiere decir exactamente “los actos imprescindibles para la evaluación final ordinaria y extraordinaria”? ¿Qué actos imprescindibles son esos?" .

El sindicato afirma que solicitará a la Conselleria que se retire esta nueva propuesta de la mesa sectorial que tendrá lugar mañana jueves al considerar que sigue siendo abusiva.

Propuesta de servicios mínimos de Educación

La Conselleria ha presentado su propuesta de servicios mínimos para la huelga convocada a partir del próximo lunes día 11 de mayo:

  1. La presencia de una persona responsable miembro del equipo directivo, con exclusión de actividades lectivas.
  2. En los centros públicos de Educación Infantil y Primaria, un profesor o una profesora por etapa educativa, con un mínimo de uno o una por cada cuatro grupos.
  3. En los centros de Educación Infantil, dos educadores o educadoras de educación infantil o técnicos de gestión en educación infantil cuando el centro tenga cinco o menos grupos de alumnos, y tres en el caso de más de cinco.
  4. En los centros específicos de Educación Especial, dos educadores o educadoras de educación especial por cada cinco grupos.
  5. En los centros de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional, enseñanza de idiomas y enseñanzas artísticas, un profesor o una profesora por etapa educativa, con un mínimo de uno o una por cada diez grupos.
  6. En Segundo de Bachillerato, tendrán la consideración de servicios mínimos los actos imprescindibles para la evaluación final ordinaria y extraordinaria, calificación, firma de actas, publicación de resultados y tramitación de reclamaciones o documentación necesaria para el acceso a la EBAU.
  7. En los centros de enseñanza con internado, además de los servicios establecidos de acuerdo con la tipología del centro, se prestarán los servicios propios de los días festivos.

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