Tribunales
La jueza de la dana constata que el Cecopi conoció las inundaciones del Poyo una hora antes del ES Alert
La magistrada achaca el retraso en el envío de la alerta a la "absoluta indecisión" y "la parálisis en la toma de decisiones" durante la reunión de la tarde del 29 de octubre.

Primera reunión del Cecopi a las 6 de la mañana del 30 de octubre. / Levante-EMV

Nuevo y contundente auto de la jueza de la dana, que sigue intentando reconstruir lo ocurrido la fatídica tarde del 29 de octubre en el Cecopi hasta el envío de la alerta masiva a través del sistema ES Alert a las 20.11 horas, un mensaje que la magitrada considera tardío y erróneo. En la resolución emitida este jueves, la magistrada achaca el retraso a la "absoluta indecisión" y "la parálisis en la toma de decisiones" y cree descartado que faltara información en el máximo órgano de las emergencias que presidía la entonces consellera Salomé Pradas. Sostiene, entre otras cosas, que la reunión tuvo conocimiento de las inundaciones provocadas por el barranco del Poyo, que no había ningún impedimento técnico para enviar el SMS a la población y que las dudas jurídicas que planteó la consellera eran ilógicas.
Numerosos testigos han declarado que en el Cecopi no se mencionó el barranco del Poyo, aunque sí municipios ribereños. Y la magistrada constata que, al envío de la alerta, "ya se sabía" la situación en ese barranco. Así lo dijo un comandante de la Unidad Militar de Emergencias (UME) presente, según el cual, a las 19 horas, más de una hora antes de activar la alerta, "circulaban vídeos sobre el barranco del Poyo a todos los que se encontraban en la sala". Antes, sober las 18.45 horas, este comandante ya habría comunicado al subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, que una de sus unidades estaba atrapada porque el barranco estaba "muy desbordado".
Pero además, la jueza insiste en que las llamadas al 112 "se contaban por miles" y que el barranco del Poyo era uno de los lugares afectados. De hecho, insiste en que Suárez hizo referencia a estas llamadas y a los avisos de los alcaldes "como fuente de información de la situación para los técnicos de la sala de mando" antes de ampliar la situación 2 de emergencias a toda la provincia a las 19.20 horas. "Es evidente que las llamadas del 112 se conocían, de lo contrario no tendría sentido la declaración de la situación 2 de emergencia", indica, para añadir que "la consecuencia de ello es que había que enviar un mensaje a toda la provincia".
Lo cierto es que varios testigos han señalado que a partir de las 19 horas se inició un debate y, durante el mismo, se decidió cambiar el alcance del futuro mensaje, que inicialmente estaba previsto para los municipios aguas abajo de la presa de Forata. Ese cambio es, para la magistrada, una prueba de que había "evidente conocimiento" de la problemática en zonas como el barranco del Poyo. A lo que se suma el aviso que hizo la alcaldesa de Paiporta a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé.
En cuanto a las dudas jurídicas que planteó Pradas ante un confinamiento de la población, recordando las cuestiones constitucionales planteadas en la covid, la jueza cree que demuestra "un desconocimiento de las propias competencias en la gestión de la emergencia". O algo "más preocupante", que estas "disquisiciones jurídicas sin asidero legal suponían posponer un mensaje que ninguna violación causaba, no solo de derechos fundamentales, sino de ningún otro derecho de los receptores". Así, incide en que "no resultaba lógica" la comparación con el panorama del coronavirus y afea que se cambiara el texto "por cuestiones lingüísticas" sustituyendo València por Valencia o "tipus" por "tipo", lo cual "se sumaba a la parálisis en la toma de decisiones".
Así, al sustituir la orden de permanecer en casa por otra de evitar desplazamientos, se envió a las 20.11 horas un texto "genérico" y "de precaución" que, a juicio de la magistrada, "no alertaba del peligro que corría la población de toda la provincia de Valencia, especialmente en las zonas donde no llovía". Además, fue tardío porque "la posibilidad de alertar a la población prácticamente con cerca de tres horas de antelación ya fue puesta de manifiesto en el Cecopi" por Suárez, sobre las 17.45 horas. "A partir de dicho momento se sucederían propuestas, y una absoluta indecisión ante una situación que lejos de mejorar iba empeorando con el paso de las horas", lamenta.
También descarta la magistrada que la tecnología pudiera haber retrasado el ES Alert. "Los motivos técnicos como causa del retraso eran en realidad inexistentes", señala, para añadir que "el lanzamiento de un mensaje de alerta no chocaba con dificultades de tal naturaleza". Y como prueba de ello, destaca que el técnico que activó la alerta tardó "tan solo 2 minutos y 36 segundos en anular un mensaje y en validar y enviar a las 20.11 horas".
Descarta un careo entre Pradas y Suárez
La jueza de la dana ha rechazado un careo entre la investigada Salomé Pradas y el subdirector de Emergencias solicitada por la acusación popular que representa a varias familias de víctimas. La acusación argumentaba que el careo era necesario para aclarar "cómo se decidió y envió el mensaje ES-Alert y si el retraso, de ser cierto, fue por motivos técnicos, jurídicos, lingüísticos u otros y a quién debe achacarse el mismo". Sin embargo, la magistrada recuerda que la diligencia de careo tiene carácter excepcional y que solo procede cuando no existen otros medios para acreditar los hechos. En este caso apunta que todas las cuestiones que se pretendían dilucidar han quedado ya acreditadas mediante múltiples diligencias practicadas en el procedimiento.
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