Función pública
Mayores indemnizaciones y nuevas multas por abuso de interinos: las consecuencias para la administración de la última sentencia del Supremo
El fallo del Supremo elimina el tope a las compensaciones para interinos y obliga a remitir los casos de abuso a la Inspección de Trabajo mpara que inicie procedimientos sancionadores
"Las administraciones tendrán que prever en sus presupuestos estas situaciones", sostiene un abogado especialista.

Interinos

Las administraciones siguen enmarañadas en resolver el abuso de temporalidad en que han incurrido con muchos interinos. Después de que el Gobierno central impulsara la Ley Iceta para reducir la temporalidad en el empleo público, llevar a cabo los procesos de estabilización e indemnizar a los empleados públicos que, aunque temporales, han estado ocupando sine die plazas en el sector público, primero la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y más tarde la interpretación del Tribunal Supremo les han dado una alegría parcial.
El alto tribunal español ha dictaminado que dar una plaza fija a interinos de manera automática vulneraría los principios de acceso a la función pública consagrados en la Constitución pero avala hacerlo con aquellos que hubieran aprobado una oposición pero lleven años en la administración sin plaza. Pero el criterio del Supremo, que aterriza el fallo del TJUE, va más allá: suprime el tope que había fijado la Ley Iceta para el cálculo de las indemnizaciones a los eventuales que hayan sufrido abuso de temporalidad y obliga a remitir los casos con sentencia firme a la Inspección de Trabajo para que abra procedimientos sancionadores a la administración.
El alto tribunal europeo hizo varias aclaraciones solicitadas por el Tribunal Supremo sobre un caso español y consideró insuficientes las medidas puestas en marcha por España para sancionar el abuso de la temporalidad en el sector público. Ni lo sancionan "debidamente" ni eliminan "las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión", señaló la sala, que criticó las indemnizaciones fijadas por la ley por estar "sujetas a un doble límite máximo" -20 días por año trabajado hasta 12 mensualidades- y abonarse "únicamente al extinguirse la relación laboral" -quienes estabilicen su plaza, no tienen derecho a la compensación pese al abuso-.
En ese sentido, explica José Cano, abogado del despacho ACAL y consultor especializado en empleo público y contratación administrativa y con dilatada experiencia asesorando a administraciones públicas, era "poco probable" y "complicada" la solución de convertir a fijos a los interinos en situación ed abuso porque "puede chocar con la Constitución y los principios de igualdad, mérito y capacidad", por lo que lo "razonable" era que el Supremo optara por eliminar el límite de las compensaciones que fijó la Ley Iceta y que estas compensaciones "puedan fijarse atendiendo cada caso".
Las administraciones van a "tener que hacer frente a indemnizaciones más altas y procedimientos de sanciones", según el experto.
Y así ha sido. La sentencia del Supremo "elimina el máximo de esas compensaciones y permite indemnizaciones por encima de ese límite", explica el especialista. Y no solo eso, sino que "otra forma de corregir el abuso" contempllada en el fallo del alto tribunal es que "una vez haya sentencia firme en un caso, se derive a Inspección de Trabajo para que sancione el abuso por parte de la administración". En definitiva, el experto apunta a que las administraciones van a "tener que hacer frente a indemnizaciones más altas y procedimientos de sanciones". ¿Van a tener las administraciones que preparar sus 'bolsillos'? Es lo que parece. "Es la realidad de lo que va a suceder: va a haber mucha litigiosidad con este tema y, lógicamente las administraciones tendrán que prever en sus presupuestos estas situaciones para afrontar las indemnizaciones", apunta el experto.
Hay muchos juzgados que estaban esperando a que el alto tribunal español se pronunciara sobre el conocido como 'caso Obadal', en el que una trabajadora que encadenó desde marzo de 2016 un total de seis contratos de interinidad como cuidadora de niños en un centro educativo público de la Comunidad de Madrid. Aun así, algún juez decidió adelantarse y ya aplicó el criterio del tribunal europeo. El mismo 14 de abril, un juzgado de Badajoz reconoció a un interino la indemnización pese a haber obtenido plaza fija, algo que hasta ahora no se permitía. Otro juzgado de Vigo hizo lo propio con una investigadora del CSIC, a la que ha concedido una compensación de 52.000 euros.
Lo que parece estar claro es que el criterio se aplicará a los casos todavía pendientes de resolución y no a aquellos que ya han sido examinados por la justicia. "En aquellos casos en los que se ha dictado ya sentencia, frente a la que no quepa recurso, no podrán verse afectados por lo resuelto por el Tribunal Supremo", asegura el abogado consultado, contundente al respecto: "No se van a reabrir procesos ya sentenciados y cerrados". Sí se prevé, asegura, "muchas reclamaciones de personal que accede a una plaza fija tras mucho tiempo sufriendo el abuso de la temporalidad".
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