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Catástrofe 29 de octubre

La Generalitat recibe 640 solicitudes de ayudas de defunción o incapacidad por la dana

La mayoría de las peticiones, 488, corresponden a daños personales por fallecimiento y 152 son por incapacidad permanente

Funeral de Estado por las victimas de la dana

Funeral de Estado por las victimas de la dana / Germán Caballero

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Diego Aitor San José

Diego Aitor San José

València

La Generalitat ha recibido 640 peticiones de ayudas por parte de familiares fallecidos en la dana o afectados con incapacidad absoluta y permanente por culpa de la catástrofe del 29 de octubre de 2024. El pleno del Consell ha tomado razón del informe que recopila los datos referentes a estas solicitudes, cuyo plazo finalizó este lunes, 25 de mayo, y de las que ha informado el vicepresidente tercero y responsable de la reconstrucción, Vicent Martínez Mus, en la rueda de prensa posterior.

Del total de peticiones de ayuda recibidas, 488 corresponden a daños personales por fallecimiento -ya que diferentes familiares de una misma víctima pueden presentar la solicitud- y 152 tienen su origen en daños personales por incapacidad. El importe de cada ayuda, contemplado en el decreto 23/2026 de 20 febrero del Consell, aprobado más de año y medio después de la riada, es de 80.000 euros por víctima. 

En los supuestos de fallecimiento, la ayuda se divide en partes iguales entre los beneficiarios que la hayan solicitado y tengan derecho: El cónyuge no separado legalmente o la persona que mantuviera análoga relación de afectividad; los hijos de la persona fallecida, así como los hijos que, no siéndolo del fallecido, lo fueran de la persona contemplada como cónyuge o pareja; y, en su defecto, los padres. Si no existieran estos, podrán acceder a la ayuda los ascendientes de segundo grado y, en último término, los hermanos.

En caso de incapacidad absoluta y permanente declarada por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS), y causada directamente por el temporal de lluvia de octubre de 2024, será beneficiaria la persona declarada en dicha situación. Estas ayudas directas son compatibles con otras subvenciones e indemnizaciones procedentes de administraciones públicas o entidades privadas, como ejemplo, seguros. Además, no tributan en la declaración de la renta.

Según ha explicado Mus, la Dirección General de Atención a las Víctimas del Comisionado para la Recuperación lanzará este mismo viernes la primera propuesta de resolución, centrada en los familiares de las víctimas mortales, y se resolverá tras las alegaciones. Serán en torno a 200 expedientes que se espera que estén resueltos durante el verano.

Más de 400 comunicaciones

De forma paralela a la tramitación administrativa de los expedientes, desde la Dirección General de Atención a Víctimas y Afectados se ha desarrollado también una labor de información y acompañamiento a las personas afectadas. 

Así, se han atendido más de 400 llamadas y correos electrónicos relacionados con la tramitación de estas ayudas para proponer información, orientación personalizada y apoyo directo en la preparación y presentación de las solicitudes.

Estas ayudas se enmarcan en la nueva fase del Plan Endavant de la Generalitat iniciada en 2026, que prioriza a las personas y la atención social directa junto a actuaciones en vivienda, empleo, industria, medio ambiente e infraestructuras estratégicas, y que considera necesario articular una respuesta específica para las familias de las personas fallecidas y gravemente afectadas.

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