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Función pública

Así cambia el teletrabajo para los funcionarios de la Generalitat: un 40 % de plantilla presencial como mínimo y 'castigo' por irregularidades

El borrador del nuevo decreto también elimina la limitación del trabajo a distancia a los altos funcionarios, que podrán solicitar hasta tres días a la semana como el resto de empleados públicos, y modifica los criterios de baremación en caso de empate

Exterior de la Ciudad Administrativa 9 d'Octubre, en imagen de archivo.

Exterior de la Ciudad Administrativa 9 d'Octubre, en imagen de archivo. / Levante-EMV

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València

La Generalitat Valenciana ya tiene un primer borrador del nuevo modelo de teletrabajo para sus funcionarios. El documento, que cambia el marco general del sistema que venía operando desde que se aprobara en 2021, flexibiliza el acceso de los empleados públicos: se estudiará caso por caso frente a los programas colectivos que tantas críticas habían recibido por su rigidez y burocracia, convirtiendo este régimen de trabajo en algo parecido a un derecho individual.

Más allá de este cambio general, el borrador al que ha tenido acceso Levante-EMV también modifica el régimen de presencialidad mínima obligatoria. El decreto vigente exige que la plantilla presencial "no podrá ser inferior al 20 % del total del personal adscrito a la correspondiente unidad administrativa" pero el nuevo texto, todavía por aprobar, duplica esa exigencia y obliga a que la organización del personal "garantice que siempre trabaje en modo presencial un porcentaje no inferior al 40 % del personal de cada unidad administrativa". En la práctica, esto reduce a la mitad el margen de plantilla que puede estar teletrabajando simultáneamente en cualquier unidad.

El borrador también amplía el teletrabajo para los funcionarios de alto rango. El decreto de 2021 fijaba que los puestos de libre designación y los de complemento de destino 30, el nivel máximo de la función pública valenciana, solo podían teletrabajar "como máximo dos días a la semana", frente a los tres días generales. Esa distinción desaparece por completo del nuevo articulado, donde no aparece ninguna mención a un límite reducido para la alta dirección, que quedaría así equiparada al resto del personal.

'Castigos' ante irregularidades y nuevo criterio de baremación

Además, el departamento de Función Pública ha introducido en el reglamento un 'castigo' para aquellos empleados públicos cuando se constate incumplimiento de objetivos, alteración del equipo informático o inobservancia de las normas de seguridad. En esos casos, no solo se retirará la autorización de teletrabajo al empleado en cuestión sino que el borrador exige "haber transcurrido un año desde la revocación" para volver a tener derecho.

La regulación también contaba con unos criterios de baremación para seleccionar qué funcionarios podían teletrabajar en caso de tener que priorizar ante esos condicionantes de presencialidad o por razones opertativas. En este apartado, también se incluye un criterio inédito: se otorgarán dos puntos para los funcionarios que residan en un municipio en riesgo de despoblamiento, según lo dispuesto en la normativa, y siempre que no ejerza sus funciones en esa misma localidad.

Estas modificaciones se enmarcan en un cambio de arquitectura integral que, como ya contó este diario, supondrá el paso de un modelo de programas colectivos, negociados por conselleria, con convocatoria pública y publicación en el DOGV a un sistema de autorización estrictamente individual, articulado a través del nuevo Plan Individual de Teletrabajo. El texto incorpora además una referencia que no existía en 2021 e incorpora, entre las circunstancias que justifican el teletrabajo de oficio por causas excepcionales, la "alerta por riesgo de inundación como consecuencia de fenómenos meteorológicos", remitiendo a los protocolos de los servicios de prevención de riesgos laborales y a los planes de emergencia de los centros de trabajo.

El borrador, que todavía ha de negociarse con los sindicatos, establece un plazo de transición de un modelo a otro de cuatro meses. Es el tiempo en el que podrán estar vigentes los programas de teletrabajo que ya están aprobados a partir de la nueva normativa. En ese momento, los funcionarios ya podrán ir solicitando sus programas individuales.

UGT celebra la flexibilidad pero cuestiona el mínimo de presencialidad

Tras conocer el borrador, UGT Serveis Públics se ha mostrado satisfecho ante el decreto sobre teletrabajo que ultima la Dirección General de Función Pública y que ampliará e impulsará significativamente esta modalidad, al convertir el trabajo a distancia en un derecho que el empleado público puede solicitar en cualquier momento. El sindicato considera que el texto supone un "avance importante" hacia un modelo "más realista, flexible y efectivo" y destaca que da "solución a gran parte de la problemática que arrastraba el teletrabajo" en la Generalitat porque "reduce la burocracia y facilita su aplicación".

Asimismo, el sindicato destaca la incorporación de la posibilidad de teletrabajo por circunstancias extraordinarias, incluyendo situaciones de conciliación, con un "procedimiento ágil que puede mejorar de forma relevante el día a día del personal". Y valora el periodo transitorio de cuatro meses. No obstante, UGT Serveis Públics ha advertido de que en la fase de negociación deberán abordarse cuestiones clave, como el porcentaje de presencialidad del 40%, que podría convertirse "en un límite excesivo si no se articula de forma flexible", avisa el sindicato, así como "la necesidad de concretar algunas medidas de conciliación para evitar que queden indeterminadas".

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