Educación
La falta de profesores amenaza la FP de Emergencias
UGT alerta de un "laberinto burocrático" para los docentes y la conselleria garantiza la continuidad de la formación

Imagen de recurso de trabajos en Emergencias. / JM LOPEZ / LEV
M.R.
UGT alerta del riesgo de que llegue septiembre y la Formación Profesional pública en emergencias y seguridad no tenga profesores debido a un "laberinto burocrático" que está provocando que "profesionales altamente cualificados no puedan ejercer la docencia en la FP especializada"." De no corregirse la situación, las aulas de estos ciclos podrían quedarse sin profesorado experto procedente del sector público o, en su defecto, la administración educativa se vería obligada a recurrir a perfiles sin experiencia real en emergencias y seguridad. Todo ello en un contexto especialmente sensible, marcado por tragedias recientes como la dana", explican edsde el sindicato.
El origen del conflicto se encuentra en la nueva normativa de Formación Profesional, por la cual los contratos de este personal pasaron de ser de duración determinada a indefinidos, con el objetivo de dotar de estabilidad al sistema. "No obstante, la Dirección General de Personal Docente está realizando una interpretación restrictiva de la Ley de Incompatibilidades, al considerar que este cambio impide cumplir el requisito de temporalidad exigido por dicha norma. Como consecuencia, se están emitiendo informes desfavorables que, aun siendo no vinculantes, están influyendo decisivamente en los organismos competentes para resolver las compatibilidades, rompiendo una práctica consolidada durante años basada en el evidente interés público de esta labor docente", explican desde UGT.
El sindicato aclara que la competencia para conceder o denegar las compatibilidades corresponde a los organismos o empresas donde estos profesionales expertos (consorcios, entidades públicas, empresas públicas, etc.) trabajan y prestan sus servicios y actividad principal. Sin embargo, al momento de conceder la compatibilidad con la actividad docente, "este procedimiento se está viendo claramente condicionado por los informes no vinculantes emitidos por la Conselleria de Educación, que cuestionan la legalidad de dichas compatibilidades y están derivando en resoluciones desfavorables".
UGT Serveis Públics advierte de que esta interpretación provoca un efecto contrario al perseguido por la reforma de la FP: en lugar de atraer y estabilizar talento, se penaliza a profesionales altamente especializados y se pone en riesgo la continuidad de enseñanzas esenciales.
Respuesta autonómica
Desde la conselleria, sin embargo, aseguran que "en ningún caso está en peligro esta formación". "De acuerdo con el nuevo marco laboral, los contratos del profesorado experto tienen carácter indeterminado, de modo que trabajan para la Conselleria de Educación a tiempo parcial doce meses al año, cobrando también los meses no lectivos. Hasta el curso 23-24, estos contratos tenían carácter administrativo y su duración era la imprescindible para cubrir el periodo lectivo. En el curso 24-25 esos contratos se transformaron en contratos laborales temporales a tiempo parcial, mientras se resolvía el procedimiento selectivo convocado por la Dirección General de Personal Docente. En el curso 25-26, una vez resuelto el procedimiento selectivo y adjudicados los puestos, los contratos se convirtieron en contratos indefinidos a tiempo parcial. Por tanto, aquí se ha producido una mejora objetiva de las condiciones laborales del profesorado experto: por un lado, los nuevos contratos ofrecen plenas garantías a los trabajadores; por otro, las retribuciones de este profesorado se han incrementado considerablemente", afirman.
No obstante, la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas establece en su artículo 3.1 que ese segundo puesto o actividad en el sector público "sólo podrá prestarse en régimen laboral, a tiempo parcial y con duración determinada, en las condiciones establecidas por la legislación laboral". Por tanto, "hay un subgrupo de profesorado experto que, siendo funcionario de otra administración, no cumple las condiciones que exige la ley de incompatibilidades. No hay en este asunto ningún laberinto burocrático, sino una ley básica de obligado cumplimiento. El papel de la Dirección General de Personal Docente se limita a señalar este hecho al primer contratante del profesor experto para que, a la vista de todas las circunstancias, decida si procede conceder o denegar la compatibilidad".
Por ello, desde la Dirección General de Personal Docente "se va a medir el impacto de la aplicación de la ley y se harán tantas contrataciones nuevas como sean necesarias".
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