Tribunales
La jueza de la dana investiga dos informes contradictorios de Emergencias el 29-O
La instructora busca aclarar qué funcionarios elaboraron cada documento tras advertir la exconsellera Pradas de una contradicción en las horas de elaboración y envío de los informes aportados por la Generalitat Valenciana

Los dos informes contradictorios que obran en la causa de la dana / Levante-EMV

Dos informes, misma carátula, pero diferentes horas de emisión y contenido. Es el contradictorio panorama con el que se ha encontrado la jueza de la dana, Nuria Ruiz Tobarra, cuando se ha puesto a preguntar por los reportes de situación elaborados por los técnicos de Emergencia la tarde de la catástrofe. Podría pasar por mera anédota si no fuera porque son documentos clave conocer qué datos había sobre la emergencia en cada momento de aquella jornada. Por ello, la jueza quiere saber qué funcionarios se encargaron de redactarlo.
El departamento de Emergencias emitió, a lo largo de aquella jornada, cuatro informes que recogen los avisos meteorológicos, la información hidrológica de cauces y embalses, los recursos movilizados, las afectaciones del temporal en servicios básicos, redes de comunicación y colegios, las llamadas del 112, etcétera. La magistrada se ha encontrado con que hay dos informes con el número 4, por lo que ambos se referirían al último de todos, pero contienen una hora de elaboración diferente.
La carátula del archivo aportado por la Generalitat Valenciana señala que fue elaborado a las 17 horas mientras que la entonces consellera, Salomé Pradas, investigada en la causa, ha advertido que el documento que se envió como número 4 aquella jornada se elaboró a las 21.30 horas, tal como figura en su portada. La diferencia, de más de cuatro horas, no es baladí porque la emergencia había evolucionado de manera notable: a las 17 horas, los barrancos del Poyo, Horteta y Gallego todavía no se habían desbordado y pasadas las nueve, las inundaciones ya habían converitdo l'Horta Sud en la 'zona cero'.
Pese a ello, curiosamente, ninguno de los dos alerta de ese desbordamiento. Ambos contienen la misma información hidrológica: "Las precipitaciones están produciendo inundaciones in situ, no por desbordamiento. De momento no hay información de que la hidrología esté dando problemas". Aunque el de las nueve y media sí recoge incidencias adicionales que sucedieron a lo largo de la tarde.
Según Emergencias, a pesar de que su informe presenta las 17 horas como hora de elaboración, coincide con Pradas en que se envió a las 21.27 horas a la lista de difusión, en la que estaban incluídos el ex secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, o el subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, entre otros. Según la defensa de Pradas, el documento que ha aportado Emergencias "no fue el que finalmente se transmitió".
"El referido informe nº 4, con carátula de las 21:30 horas y remitido a las 21:35 horas, constituye, por tanto, la última comunicación formal", sostuvo en un escrito la defensa de Pradas: fue ese "y no las versiones previas de trabajo, el documento que efectivamente recibieron los integrantes del grupo de difusión". En cualquier caso, señala que no fue "destinataria directa ni nominativa" de aquella lista de difusón sino que recibió el documento dos semanas después.
Cabe recordar que el propio departamento de Emergencias reconoció la "posible existencia de errores o contradicciones" en los documentos, que estarían motivados "por la rapidez con la que evolucionaba la situación, la continua incorporación de nueva información y la imposibilidad material de efectuar una revisión final exhaustiva antes de su difusión", además de la elevada carga de trabajo por parte de los técnicos, que "simultaneaban" la elaobración de informes con muchas otras tareas.
Pues bien, la jueza de la dana ha respondido este martes que no es incompatible que haya dos informes con el número 4 elaborados a horas diferentes pero remitidos ambos a las 21.27 horas. "No son hechos incompatibles, y no existe ningún elemento que pueda hacer dudar, que fuera enviado a la lista de distribución. Puede tratarse de un simple error en la numeración", explica la magistrada en un auto. Sin embargo, ha ordenado idenntificar a "la persona autora" del documento que señala la exconsellera, así como la fecha y la hora de remisión del mismo para esclarecer la contradicción.
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