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Tribunales

El Constitucional mantiene la suspensión del artículo de la ley de la costa valenciana que creaba "núcleos etnológicos" antideslindes

El Alto Tribunal sí levanta la suspensión sobre la disposición adicional que facultaba a la Generalitat a realizar un inventario de las edificaciones

Playa de Babilonia, en Guardamar del Segura, en una imagen de archivo de 2019.

Playa de Babilonia, en Guardamar del Segura, en una imagen de archivo de 2019. / E. D. G.

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València

El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido mantener la suspensión del artículo de la ley de la costa valenciana que creaba "núcleos etnológicos" antideslindes en el litoral. Un foco de conflicto de competencias porque invade la zona de dominio público marítimo-terrestre. Y con el avance del mar por los temporales y la tramitación de nuevos deslindes como telón de fondo.

La Abogacía del Estado presentó un recurso de inconstitucionalidad el pasado 26 de febrero contra la Ley de protección y ordenación de la costa valenciana de 22 de mayo de 2025. El recurso apuntaba al artículo 17 y la disposición final primera de la norma autonómica que regula "los núcleos de especial valor etnológico, conjuntos de edificaciones residenciales, comerciales o vinculados a actividades económicas tradicionales". También se solicitaba la suspensión de la disposición adicional cuarta de la norma, que daba a la Generalitat la potestad para elaborar "un inventario que, en su caso, permita solicitar al Estado la modificación del deslinde y la desafectación de los bienes correspondientes". El pleno del Constitucional se reunió el pasado 21 de julio y acordó mantener la suspensión de la aplicación del artículo que regula "los núcleos de especial valor etnológico". Aunque sí accede a levantar la suspensión sobre la disposición adicional que permitía elaborar el inventario, según el auto del Tribunal Constitucional publicado hoy en el BOE (Boletón Oficial del Estado).

En el recurso se personaron las Corts Valencianes y la Generalitat, que solicitaban el levantamiento de la suspensión de los preceptos recurridos. La Abogacía del Estado solicitaba que se mantuviera la paralización de los artículos que regulan los "núcleos de valor etnológico" porque, alertaba el letrado del Gobierno central "el levantamiento de la suspensión ocasionaría perjuicios irreparables para la protección del medio ambiente".

Y cita como ejemplo de estos perjuicios lo sucedido en la playa de Babilonia en Guardamar del Segura. El Estado alegaba que "las concesiones administrativas que amparaban dichas edificaciones [en la playa de Babilonia, que ilustran esta información] fueron extinguidas" por lo que la Administración del Estado "acordó su demolición por razones medioambientales y de seguridad". Decisiones "confirmadas por la Audiencia Nacional y por el Tribunal Supremo". Por lo que los propietarios de las viviendas, "los ocupantes habían asumido el compromiso de iniciar las demoliciones en septiembre de 2025 y la empresa encargada de su ejecución contaba ya con la correspondiente licencia municipal". Sin embargo, "tras la entrada en vigor de la Ley 3/2025, la Generalitat Valenciana adoptó medidas cautelares de protección patrimonial y promovió la declaración del enclave como núcleo urbano con especial valor etnológico, lo que determinó la paralización de las demoliciones previstas" en la playa de Babilonia. Una situación que, alega el Gobierno central, "impide la ejecución de las actuaciones de regeneración ambiental proyectadas por la administración del Estado, prolonga el deterioro del dominio público marítimo-terrestre de un espacio integrado en la Red Natura 2000, compromete la regeneración de la costa, dificulta la recuperación del sistema dunar y afecta a la seguridad de las personas".

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