Tribunales
15 días sin empleo ni sueldo para un dermatólogo de Torrevieja que se negó a atender a 200 pacientes en un año, algunos con cáncer
El TSJ considera la falta muy grave porque privó de atención a personas enfermas con lesiones sangrantes, psosiaris pustulosa, tumoraciones y melanoma/ A una enferma la llegó a echar del hospital

El facultativo acumuló numerosas quejas en el servicio de atención al paciente. / Tony Sevilla

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha confirmado la suspensión de empleo y sueldo durante 15 días impuesta por la Conselleria de Sanidad a un dermatólogo del Hospital de Torrevieja por una falta muy grave, por negarse a atender a diversos pacientes. Así se recoge en una sentencia de este órgano, que confirma otra anterior de un juzgado de lo Social de Elche. El fallo relata que entre los pacientes rechazados había personas con volante médico o que habían sido derivadas de urgencias por lesiones sangrantes. En algún caso, llegó a hacer que los servicios de seguridad echaran al paciente a la calle. El TSJ concluye que su actuación privó a los pacientes de recibir una atención sanitaria adecuada.
El TSJ desestima el recurso que había interpuesto el facultativo contra la primera resolución. El médico sancionado argumentaba que la sentencia que le condenaba contenía “error patente, arbitrariedad o irracionalidad”. El juzgado ilicitano confirmó la sanción de suspensión de empleo y sueldo por 15 días que la Conselleria de Sanidad impuso en junio de 2023 al médico, entonces jefe del Servicio de Dermatología del Hospital de Torrevieja. El TSJ confirma las medidas disciplinarias contra el facultativo.
La sentencia declaró probado que entre el 1 de enero y el 9 de marzo de ese año 2023 el Servicio de Atención e Información al Paciente (SAIP) había recibido 47 quejas relacionadas con el servicio atribuidas al mismo especialista, de las que nueve quedaron reflejadas por escrito. En esas quejas se denunciaba de forma reiterada un rechazo injustificado a prestar atención especializada y a propuestas de consultas emitidas por médicos de Atención Primaria y otros especialistas, así como un trato vejatorio o inadecuado a los pacientes.
Esos usuarios presentaban problemas y patologías como lesiones sangrantes, psoriasis pustulosa, tumoraciones de evolución rápida o melanoma nodular, tal y como se recogió en el expediente administrativo incorporado al procedimiento judicial.
Pacientes abandonados y expulsados
El fallo recoge hasta nueve casos que acabaron en reclamaciones contra el médico, que motivaron las sanciones impuestas contra él. El 5 de enero de 2023 una paciente fue remitida desde Urgencias por un cuadro severo de psoriasis pustulosa. A pesar de que había una orden expresa de la supervisora, el especialista se negó a evaluarla médicamente y ordenó a la seguridad del hospital que la expulsara del recinto. El día 10 de ese mismo mes, un paciente que acudió en tres ocasiones al centro por una lesión sangrante sin que los médicos que le atendieron pudieran contactar con Dermatología, derivó en una situación de abandono asistencial. Dos días más tarde, otra paciente denunció que su revisión fue deficiente al negarse el médico a examinar una segunda lesión sospechosa, acusándole además de trato poco profesional, desinterés y falta de higiene durante la exploración. El 23 de enero, el facultativo rechazó hacer el seguimiento postoperatorio de una intervención quirúrgica realizada en otro centro, dejando a la paciente sin pautas claras sobre su tratamiento.
Al mes siguiente, las quejas continuaron. El 13 de febrero otro paciente denunció el rechazo injustificado en dos ocasiones de la consulta para su padre, quien padecía una tumoración de crecimiento rápido, viéndose obligados a acudir a la medicina privada para ser atendidos. Del mismo modo, una semana más tarde se recibió otra queja que también afectaba a un proceso oncológico crítico. Pese a la documentación clínica aportada, se denegaron de forma reiterada las peticiones de consulta urgente para un melanoma nodular, generando un retraso grave en su atención oncológica. Otra enferma que requería revisión por nuevas lesiones tras operarse de queratosis actínica en la privada, denunció que el dermatólogo rechazó sistemáticamente las solicitudes cursadas desde su Centro de Salud. A principios de marzo se registró otra queja en la que se reflejaba la alteración administrativa de peticiones médicas. El especialista cambió sin criterio ni justificación clínica a "estado pasivo" las propuestas de consulta emitidas tanto por el Médico de Familia como por la propia oncóloga de la paciente. La última queja que recoge la sentencia es el caso de una paciente a la que el médico se negó hasta en cinco ocasiones a atenderla, ignorando las peticiones reiteradas tanto de la familia como del personal sanitario.
La condena ahora confirmada refleja asimismo hasta un total de 202 reclamaciones al SAIP tanto verbales como escritas en el periodo de un año, principalmente por el rechazo sistemático de propuestas de consulta por parte del jefe del Servicio de Dermatología.
El médico sancionado recurrió el fallo alegando que se había vulnerado su derecho a la tutela judicial y a su presunción de inocencia como trabajador porque no habían quedado acreditadas las infracciones que se le atribuían. Sin embargo, la Sala de lo Social del TSJCV concluye que el juzgado de lo Social de Elche había motivado suficientemente en la sentencia la credibilidad que otorga a la documentación incorporada al expediente.
Los magistrados señalan que la existencia de directrices sobre gestión de agendas o priorización asistencial alegada por el recurrente “no le eximía del cumplimiento de los deberes inherentes a su función” y subrayan que el “rechazo reiterado e injustificado” de solicitudes de asistencia especializada afectó al “derecho de los pacientes a recibir una asistencia adecuada en las condiciones de calidad y diligencia debidas”.
La sentencia emitida por el TSJ no es firme y puede ser recurrida en casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.
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Fuente: Información
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