Esta suma se desprende de 98 sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que anulan, por ser contrarias a derecho, las desestimaciones de la Generalitat ante las correspondientes reclamaciones interpuestas por las empresas.

La cantidad más significativa corresponde a los 15.573.865 euros que la Conselleria deberá abonar a la mercantil Bristol Myers-Squibb, por 1.141 facturas correspondientes a suministros de medicamentos y especialidades farmacéuticas realizadas durante 2003.

En abril de 2004, la empresa presentó una reclamación por el impago ante la Administración autonómica sin obtener respuesta expresa, pero ahora el TSJCV anula esta "desestimación tácita" de la Conselleria y reconoce el derecho de la compañía a cobrar la citada cantidad, más los intereses de demora.

En otra resolución diferente, la Sala estima el derecho de esta misma empresa a cobrar otros 14.774.222 euros por el impago de 1.152 facturas correspondientes a suministros de 2003 y 2004, además de los intereses legales y 11.941 euros por los costes de cobro.

Entre las 98 sentencias, también destaca una que impone a la Generalitat el pago de 7.935.876 euros a la empresa Baxter, más los intereses de demora, por el impago de productos sanitarios, implantes y equipos, a lo que añade otros 9.923 euros en concepto de costes de cobro.

Los fallos judiciales dictados al respecto recuerdan que la Administración "tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los dos meses siguientes a la fecha de expedición" de las facturas, y en caso de demora, deberá pagar "el interés legal del dinero incrementando en 1,5 puntos la cantidad adeudada".

Añade que los contratos para estos suministros están acreditados por la presentación previa de facturas y la conformidad de los jefes de los centros que recibieron los medicamentos.

Una vez emitida la factura, la Administración cuenta con un plazo de un mes para aceptar o rechazar el suministro y, de no hacerlo, "se entiende que lo acepta y que el plazo de dos meses comienza a contar desde la emisión".

Estas sentencias se suman a otras 31 resoluciones hechas públicas el pasado mes de abril, que reconocían el derecho de 29 empresas del sector a cobrar 24,6 millones de euros por motivos similares.