La exalcaldesa popular de Benissanó Isabel Castellano se enfrenta a una pena de prisión de seis años acusada de defraudar 147.000 euros con la llamada «trama de asesorías», es decir, con la adjudicación de contratos a una asesoría sin tramitar expediente de contratación alguno y sin tener constancia de que se hayan efectuado los trabajos.

La ex primera edil se sentó ayer en el banquillo de los acusados de la Audiencia de Valencia junto a tres personas más: un funcionario público (que también fue interventor en el Consorcio de Museos de la Generalitat hasta que se destapó el supuesto fraude), Rafael Parra; y dos ex secretarios interventores del consistorio.

Tanto Castellano como Parra se enfrentan a seis años de cárcel, según solicita inicialmente el ministerio fiscal, por un delito continuado de malversación; otro de prevaricación administrativo y un delito continuado de falsedad en documento oficial. Así mismo, les reclama una inhabilitación para ejercer un cargo público por el mismo periodo de tiempo.

Por su parte, para los dos ex secretarios interventores, la Fiscalía rebaja la solicitud de condena hasta los tres años de cárcel al considerarlos responsables de los mismos delitos pero en concepto de cómplices. Reclama una indemnización conjunta para los cuatro acusados de 147.248,90 euros por el perjuicio al ayuntamiento.

El supuesto fraude consistía en irregularidades en la adjudicación de contratos por parte de la exalcaldesa a una asesoría dirigida por Parra, funcionario del Ayuntamiento de Chiva, entre los años 2007 y 2011.

Los servicios se realizaban «de forma verbal, sin establecer precio alguno ni constancia escrita de lo que se estaba contratando, objeto, condiciones o duración». Es decir, sin un expediente de contratación.

Parra «se aprovechaba de la contratación directa y caprichosa» de la exalcaldesa, «sin competencia ni precio que ponía a su exclusiva voluntad, ni control por parte del ayuntamiento en el trabajo, horario o cualquier otra circunstancia».

Así, agrega el fiscal, «no solo burlaba, en su exclusivo beneficio, la prohibición para los funcionarios públicos de cobrar dos salarios públicos, sino que se aprovechaba de la ausencia de expediente administrativo y de contrato para, bajo la apariencia de un contrato menor, obtener importantes beneficios».