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Ordenan derruir el chalé ilegal donde vive un padre con su hija discapacitada

La vivienda se encuentra en un núcleo de diseminados de Riba-roja de Túria en suelo no urbanizable, pero obtuvo el informe ambiental favorable

Vicente Tomás, ayer en su casa de Carassols, donde vive con sus padres y su hija. | FERNANDO BUSTAMANTE

El Juzgado de lo Penal número 17 de València condenó a Vicente Tomás, vecino de Riba-roja de Túria, a una condena de un año de prisión, a una multa económica y a la demolición de su casa por estar construida en suelo no urbanizable, como las otras 200 viviendas que componen el núcleo de diseminados de Carassols. Se trata de una zona de segundas residencias que creció en los años 90 y 2000 y que pese a estar en una zona no apta para la construcción, el ayuntamiento ha dotado de todos los servicios básicos tales como agua, luz y recogida de basuras. De hecho, a fin de evitar que pierda la casa y al albur de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (Lotup), la vivienda cuenta con la Declaración de Situación Individualizada de Minimización de Impacto Territorial.

Vicente Tomás explica que heredó la tierra de su padre y en 2004 se construyó una casa. Allí vive él con su hija, que cuenta con una discapacidad del 39 % por pérdida de visión, y ahora también sus padres, de avanzada edad. El problema judicial comenzó con una denuncia por parte de un empleado del ayuntamiento, en 2009, por la vía administrativa que se saldó con una multa de 18.000 euros.

El denunciante llevó por la vía penal esta causa y la última sentencia, de 2014, revoca la sentencia apelada y condena a Tomás a prisión y a demoler su casa. Hoy, ocho años después, ha agotado todas las vías para recurrirla y el día 25 de julio deberá demolerla.

Vicente Tomas es un vecino de Riba-Roja al que van a derribar su casa por incompatibilidades urbanísticas Fernando Bustamante

La última apelación fue esta semana a la Audiencia Provincial para que frene la resolución. En ella, el abogado de Tomás argumenta que la vivienda se encuentra en suelo no urbanizable común, es decir, aquel que no dispone de características naturales que recomienden su protección «y resultan innecesarios para el desarrollo urbano a corto o medio plazo». Sin embargo, dentro de esta calificación, el abogado expone que el terreno tiene un grado 0, que el planeamiento urbanístico «permite y autoriza, entre otras, la construcción de viviendas unifamiliares aisladas».

El escrito explica que el chalé se encuentra en un área consolidada «repleta de edificaciones destinadas a viviendas unifamiliares y construcciones accesorias tales como piscinas». Además, cuenta con los servicios urbanísticos tales como el suministro de agua y luz «y se accede por un vial completamente asfaltado pudiendo, a través del mecanismo ofrecido por la ley, completar los servicios urbanísticos pendientes».

En el escrito, la defensa alega que Tomás obtuvo el certificado ambiental que deben expedir los ayuntamientos para legalizar las viviendas irregulares. Se trata de la Declaración de Situación Individualizada de Minimización de Impacto Territorial, un instrumento de la conselleria de Política Territorial que se implementó, precisamente, para tratar de poner orden en el elevado número de edificaciones en situación irregular en la Comunitat Valenciana. Lo conceden los plenos municipales. Sin embargo, durante el proceso judicial no existía todavía esta herramienta por lo que no pudo ser utilizada. Lo hicieron después, pero los tribunales no lo tuvieron en cuenta porque ese permiso es posterior a la sentencia.

Escrito rechazado

Ahora, se busca suspender la demolición precisamente porque la vivienda cuenta con esa declaración de minimización del impacto ambiental, si bien no pudo alegarlo cuando Tomás fue denunciado. El propio ayuntamiento presentó el escrito en el juzgado en marzo de este mismo año y fue rechazado.

En el recurso, se echa mano de la jurisprudencia para recordar que demoler una casa es una medida «de carácter civil, no penal» y además queda sin efecto «si después de establecida la sentencia se produce una modificación de la normativa o del planeamiento que la convierte en innecesaria», señalan.

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