Bous al carrer
Vacas emboladas en Llíria: ANPBA solicita la nulidad de la autorización porque "la norma solo contempla toros"
La entidad pide a la Generalitat Valenciana que revise la autorización de festejos de vacas emboladas por falta de cobertura legal

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Redacción Levante-EMV

La Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA) ha solicitado a la Conselleria de Emergencias e Interior de la Generalitat Valenciana la revisión de oficio y declaración de nulidad de una autorización condedida para la celebración de dos festejos de vacas emboladas en Llíria, tal y como también denunciaron en el caso de El Puig de Santa Maria en el pasado mes de mayo.
La entidad ha presentado un escrito al amparo del artículo 106 de la Ley 39/2015, en el que pide que se deje sin efecto la resolución emitida por la Dirección General de Interior que autorizó estos festejos taurinos tradicionales dentro de la programación de bous al carrer celebrada en el municipio edetano.
"Solo contempla toro embolado, encierros o suelta de vaquillas"
ANPBA sostiene que el actual Reglamento de festejos taurinos tradicionales de la Comunitat Valenciana, aprobado mediante el Decreto 31/2015, contempla expresamente modalidades como el toro embolado, los encierros o la suelta de vaquillas, pero no recoge la figura de la vaca embolada. Por ello, considera que la autorización administrativa podría haber sido concedida sin cobertura legal suficiente y plantea que podría concurrir una causa de nulidad de pleno derecho.

Un toro embolado en una imagen de archivo. / JUAN CARLOS CARDENAS
Distinción entre machos y hembras
La asociación argumenta que la normativa distingue entre machos y hembras de ganado bravo al enumerar las modalidades autorizadas y defiende que el embolado únicamente está previsto para toros. Asimismo, recuerda que ya presentó alegaciones en el proceso de consulta pública del futuro reglamento autonómico al considerar que las vacas emboladas no forman parte de las modalidades tradicionales reconocidas hasta la fecha.
La petición deberá ser ahora analizada por la Conselleria de Emergencias e Interior, que decidirá si admite la solicitud de revisión y si procede iniciar el correspondiente procedimiento administrativo. El caso abre un nuevo debate sobre la interpretación de la normativa que regula los bous al carrer en la Comunitat Valenciana y sobre el encaje legal de determinadas modalidades taurinas que se celebran en algunos municipios.
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