La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha revocado la sentencia dictada en enero por el juzgado de lo penal de Alzira y ha absuelto Acciona Eólica de Levante, SL y a un responsable de la mercantil del delito medioambiental por el que se les condenó a ambos a demoler nueve aerogeneradores instalados en la sierra de Enguera a raíz de la supuesta ocupación ilícita de la Cañada Real de Almansa. Después de examinar la abundante documentación del caso, que ocupa nueve extenso tomos, el tribunal concluye que no ha quedado acreditado que las torres eólicas invadan la vía pecuaria protegida, por lo que deja sin efecto la orden de desmantelarlas y exime de toda responsabilidad a los encausados.

La sentencia, que es firme y no admite apelación, desautoriza a la magistrada de Alzira y tilda de «inadmisible» el relato de hechos probados expuesto por el juzgado de lo penal hace diez meses. Aquel fallo condenó al apoderado de Acciona Eólica, encargado de la implantación de los tres parques eólicos de Enguera, a una pena de 6 meses de prisión e inhabilitación y a una multa de 2.160 euros por el incumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) autorizada en 2007 por la Conselleria de Medio Ambiente, que dio luz verde al proyecto bajo la condición de que la promotora respetara una serie de vías pecuarias, entre otros condicionantes.

Además, tanto el acusado como Acciona Eólica, como responsable civil directa, fueron castigados a restaurar el trazado de la Cañada, un bien de dominio público inalienable, así como a desmantelar nueve aerogeneradores, una actuación cuyo coste se valoró en nueve millones de euros.

En su recurso de apelación, el director de desarrollo de las instalaciones argumentó que su cometido se limitó a la negociación y tramitación del proyecto, desligándose de las decisiones sobre cuestiones técnicas y sobre el emplazamiento de los molinos. El responsable ahora absuelto, para quien la Fiscalía llegó a pedir dos años de cárcel, señaló como desproporcionada la pena impuesta por el juzgado y negó haber actuado en contra de los permisos ambientales concedidos.

La sección segunda de la Audiencia Provincial, presidida por el magistrado José María Tomás Tío, estima todos estos razonamientos y sostiene que la sentencia anulada obvió una serie de resoluciones de impacto ambiental complementarias, posteriores a la DIA, que aprobaron la ubicación definitiva de los aerogeneradores y que desembocaron en la concesión de la autorización definitiva de los parques eólicos. El tribunal sostiene que «nadie hasta el momento ha determinado que exista la supuesta invasión de la vía pecuaria» y cuestiona las periciales aportadas por el Ministerio Fiscal en su acusación, determinantes para que la magistrada Delia Morente concluyera tras el juicio que las torres se construyeron vulnerando el margen de 20 metros de anchura que marca la normativa.

La defensa combatió esta acusación argumentando que los aparatos de GPS utilizados por los peritos carecían de la precisión necesaria para señalar la posición concreta de los molinos debido al «alto margen de error» respecto al espacio a tener en cuenta. La sentencia de la Audiencia señala que la falta de deslinde de la Cañada «impide tener por ciertos los lindes exactos de la vía pecuaria, máxime teniendo en cuenta que las vías de acceso a los aerogeneradores se ensancharon por las obras y luego se redujeron para reducir el impacto ambiental, siguiendo las órdenes de la administración competente», añaden los magistrados.

El proyecto siguió los permisos

El tribunal pone el foco en una serie de informes emitidos por la Conselleria de Medio Ambiente sobre el cumplimiento de los condicionantes de la DIA y subraya que la administración autonómica, responsable de controlar las obras, nunca requirió ni abrió expediente alguno para instar a la retirada o modificación de la ubicación de los aerogeneradores controvertidos por encontrarse en la vía pecuaria. La Audiencia concluye que el proyecto «ha seguido la tramitación establecida y cuenta con las autorizaciones necesarias» y observa como «especialmente significativo» un informe de la unidad de vías pecuarias que garantizó el respeto del trazado de la Cañada durante los trabajos.

El tribunal añade que no le corresponde pronunciarse sobre la actuación de los funcionarios y autoridades que han resuelto en el procedimiento administrativo ni sobre la competencia o arbitrariedad de su actuación en la presente causa, que se inició a raíz de una denuncia del grupo municipal socialista de Enguera en 2009 a la Fiscalía de Medio Ambiente. El Ministerio Público pidió en el juicio la demolición de 16 torres eólicas y penas superiores para el encausado por un delito de ordenación contra el territorio.

Simón: «La empresa debería reclamar responsabilidades»

El portavoz del PP de Enguera, José Simón, ha manifestado que la sentencia de la Audiencia Provincial «confirma que el proceso ha sido una persecución de carácter político». Simón sostiene que la empresa promotora de los parques eólicos, Acciona, «debería reclamar una responsabilidad económica por la pérdida de dinero, tiempo y el agravio que ha supuesto la denuncia». El concejal responsabiliza al PSOE de la pérdida de «millones de euros» a la empresa y al pueblo porque los parques eólicos «fueron una iniciativa del grupo popular» y «todo lo que se hacía se intentaba machacar». Simón contabiliza ocho conflictos jurídicos con Acciona a raíz de las denuncias de la oposición, que paralizaron durante un tiempo las obras. Según el edil, «la mala praxis de los representantes socialistas» ha «ahuyentado» una gran inversión de la firma en Enguera.