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Ontinyent subvencionará el informe de evaluación y la dirección de obra en la reforma de inmuebles

El consistorio modifica la ordenanza para ampliar los trabajos subvencionables con estas ayudas y se contemplan los plurianuales

Ontinyent subvencionará el informe de evaluación y la dirección de obra en la reforma de inmuebles

Ontinyent ha ampliado las obras a subvencionar con la ordenanza que regula las ayudas a la rehabilitación de viviendas y la nueva reglamentación permitirá incorporar más trabajos, así como subvencionar los costes derivados de la dirección de las obras y de la redacción del informe de evaluación del edificio (IEE), el llamado informe de la ITV de los edificios. Además, también se incluyen subvenciones a trabajos plurianuales, que se alarguen al años siguiente al de la solicitud de la ayuda.

El pleno municipal aprobó en su última sesión esta modificación de la ordenanza para que la próxima convocatoria de ayudas incluya subvencionar las obras de rehabilitación de las sustituciones en las que se conserve la fachada, así como las actuaciones para el mantenimiento de la fachada. También se concederán ayudas para refuerzos estructurales o la sustitución de la estructura para las rehabilitaciones; las sustituciones de instalaciones de fontanería; de saneamiento; de instalaciones eléctricas; tratamiento de muros y suelos para reducir la humedad; y trabajos para sustituir o eliminar materiales que contienen amianto.

La nueva ordenanza permitirá subvencionar obras plurianuales que los propietarios, al no estar concluidas, no puedan justificar en el año en el que se ha pedido la subvención, sino más adelante, en el año siguiente. Una circunstancia que se daba en casos anteriores y que había ocasionado problemas a algunos beneficiarios y que con la modificación se busca solucionar.

Las ayudas podrán subvencionar hasta el 50 % de las obras, con un importe máximo de 15.000 euros, aunque con la modificación se permiten ayudas de más del 50 % del coste, en casos excepcionales. Casos como que las edificaciones se encuentren en los barrios históricos de la ciudad; que la actuación tenga una especial repercusión pública en la imagen urbana; o por el nivel de renta de los propietarios del inmueble. Los propietarios, además tendrán que justificar en el plazo de un año desde que finalicen la obras, que el inmueble se ha destinado a vivienda habitual del mismo dueño o de un arrendatario. En caso de no haber alquilado el inmueble, el propietario tendrá que acreditar que el edificio ha sido ofrecido en alquiler durante ese plazo. Con la modificación de la ordenanza, los solicitantes de las ayudas tendrán que haber pagado al menos el 50 % de los costes de las obras en el momento de la justificación de la subvención.

Ahorro energético

La nueva ordenanza también incorpora nuevos criterios de valoración en la concesión de las ayudas y ahora se tendrán en cuenta instalaciones destinadas al ahorro energético y la utilización de energías renovables, aquellas que permiten la mejora en al menos una letra del certificado de eficiencia energética del inmueble. También las actuaciones definidas en el informe IEE como de intervención urgente; así como las obras sobre elementos protegidos de los bienes incluidos en el catálogo.

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