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El TSJ libra a Canals de pagar 215.000 euros a Guerola por el polígono paralizado del Corcot

La empresa denunció al ayuntamiento por retener hasta seis años los avales del PAI de 2005, cuyo desarrollo fue frenado por la conselleria y permanece bloqueado

Terrenos del sector industrial paralizado del Corcot. alfredo pardo

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha cerrado la puerta a la indemnización de 215.000 euros más intereses que reclama la adjudicataria del desarrollo del polígono El Corcot al Ayuntamiento de Canals por las garantías exigidas a cambio del frustrado programa urbanístico, que sigue paralizado en los despachos 13 años después de su aprobación inicial.

La mercantil Proyexva, SLU, perteneciente al conglomerado empresarial Guerola Transfer (con sede en Ontinyent), presentó un contencioso contra el consistorio denunciando el supuesto perjuicio sufrido por la «negligente e inadecuada gestión» de los avales del PAI industrial, ralentizado por una serie de escollos técnicos y administrativos que impiden su aprobación definitiva en la conselleria.

La empresa urbanizadora abonó en 2005 una primera fianza provisional de 96.419 euros que no le fue devuelta hasta seis años después. A este pago se le sumó la anticipada solicitud de la garantía definitiva y una segunda fianza provisional que, a juicio del urbanizador, supuso una «duplicidad de gastos» de constitución y notaría. En 2013, la Generalitat frenó e impuso nuevos trámites al desarrollo del polígono del Corcot, proyectado sobre una superficie de 530.000 metros cuadrados con un presupuesto de 21,5 millones de euros en cargas urbanísticas a sufragar por los propietarios.

Pese a las modificaciones introducidas por el consistorio en la actual legislatura para tratar de reactivar el PAI, subsanando una serie de escollos técnicos relacionados con el tratamiento de aguas residuales, el suministro hídrico o la obtención de terrenos para los accesos del área industrial, en 2017 la Comisión de Urbanismo tumbó el planeamiento municipal propuesto.

La empresa acusó al Ayuntamiento de Canals de «violar los principios de buen gobierno, buena gestión, seguridad jurídica, diligencia y transparencia» por la tardanza en devolver las garantías y por exigirle la fianza definitiva pese a que el programa aún no tenía el visto bueno de la conselleria. Pero el TSJ no aprecia motivo para indemnizar a Proyexva, SLU porque la firma vio retornado el dinero de las garantías provisional y definitiva, cuyo pago consintió inicialmente sin poner pegas. La sección 1ª de lo contencioso considera ajustada derecho la actuación del consistorio, haciendo hincapié en que la urbanizadora no impugnó los avales exigidos, que devinieron en «actos firmes y consentidos». «No ha habido ningún funcionamiento incorrecto de la administración», concluye el TSJ. El fallo, que no es firme y admite recurso, impone a la empresa el pago de hasta 800 euros de las costas del proceso.

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