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Sentencia

Condenan a Sanidad a pagar 118.000 euros por un accidente laboral en el Lluís Alcanyís

El TSJCV reconoce a una celadora el derecho a ser indemnizada por las graves secuelas de una caída

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar con 117.961 euros a una celadora por las secuelas de una caída que sufrió en el servicio de urgencias del hospital Lluís Alcanyís de Xàtiva. La empleada, de 58 años, se fracturó el húmero y un tobillo al precipitarse al suelo, cuando salió apresuradamente de la sala de celadores después de ver como un SAMU al que había atendido en el turno de noche se marchaba con una botella de oxígeno. Eran las 7 de la mañana del 2 de septiembre de 2013.

En 2018, el juzgado de lo social nº7 de València desestimó la reclamación de la empleada al considerar el incidente como «fortuito» y fruto de un «tropiezo». Sin embargo, el TSJCV ha revocado ahora esa sentencia porque el juez no tuvo en cuenta un informe de investigación de la Unidad Periférica del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales que concluyó que la sala de celadores no reunía las condiciones de seguridad laboral exigidas. En concreto, el espacio de entrada y salida al cuarto se veía reducido porque detrás de la puerta había una percha cuyo volumen impedía que la puerta pudiera abrirse completamente. Además, una butaca colocada junto a la misma disminuía aún más el espacio para entrar o salir y suponía un obstáculo con el que cualquiera podía golpearse o tropezar. A la vista de la inspección practicada, el servicio de Prevención recomendó eliminar o reubicar tanto la citada butaca como la percha tras la puerta para que ésta se pudiera abrir en su totalidad.

La celadora tuvo que ser intervenida por la fractura abierta de húmero y permaneció cinco días hospitalizada. Pasó más de un año en situación de baja por incapacidad temporal y le quedaron como secuelas una omalgia derecha (dolor y déficit funcional del hombre) y un balance articular limitado. En noviembre de 2014, la Seguridad Social le reconoció a la empleada una pensión por Incapacidad Permanente Total (IPT) con una base de 1.751 euros.

La sentencia del TSJ, que se ha hecho pública esta semana y es recurrible por la Generalitat, sostiene que «se cumplen todos los requisitos para que proceda la indemnización reclamada». Los magistrados de la sala de lo social hacen hincapié en que el golpe con la puerta de la sala de celadores que no abría por completo provocó a la empleada las lesiones «de notable importancia» en el brazo y el pie derechos. El TSJV observa un «acto imprudente» por parte de la administración sanitaria porque el riesgo existente «se evaluó pero no se eliminó siguiendo las recomendaciones del Servicio de Prevención». La sentencia considera infringida la norma de seguridad que exige que las vías de circulación exteriores e interiores, incluidas las puertas, «sean de fácil utilización y con seguridad, con anchura mínima de 80 centímetros», así como que las zonas de paso «permanezcan libres de obstáculos». «Para que una celadora que en el turno de noche sale apresuradamente de la sala lo haga con total seguridad era preciso que se cumplieran las medidas que habían sido requeridas para minorar riesgos», concluye el tribunal.

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