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Cabanes recurrirá al Supremo la DIC de la estación de servicio cuya licencia anuló un juzgado

El concejal y empresario de la Font de la Figuera subraya que el permiso de obras fue declarado nulo en 2018 y desliga el pleito del ámbito político

En mayo de 2018, el juzgado de lo contencioso administrativo nº2 de València anuló y declaró contraria a derecho la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de la Font de la Figuera en 2016 para la ampliación de la estación de servicio situada en suelo no urbanizable junto a la A-35 que el empresario del sector y regidor del PP Elio Cabanes ha llevado a los tribunales por considerar que infringe la normativa urbanística. El edil ha puesto el foco en dicho pronunciamiento judicial que le fue favorable después de que, en un proceso paralelo, haya trascendido a la luz pública otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que desestimó sus pretensiones y validó la Declaración de Interés Comunitario (DIC) autorizada por la Generalitat para la ampliación de la actividad denunciada, propiedad de una empresa de su hermano. Cabanes ya ha avanzado que va a recurrir este último fallo ante el Tribunal Supremo, al existir «interés casacional» en una parte del argumentario de la sentencia.

El regidor, número 7 en la candidatura valenciana del PP al Congreso, incide en que para realizar una obra en una zona con suelo no urbanizable «se requieren de dos permisos: la DIC, que la otorga Conselleria, y la licencia de obras, que la concede el ayuntamiento». «El procedimiento contra la DIC no es firme porque va a ser recurrido al Supremo, mientras que el procedimiento contra la licencia de obra otorgada por el ayuntamiento es el que fue estimado a mi favor, anulándola», ha hecho hincapié el edil, que desvincula este pleito de su actividad política. Según éste, cuando el juzgado falló a su favor no lo hizo público «porque entiendo que esto es un tema personal y del día a día del mundo empresarial, fuera del ámbito político». «Hemos ganado todas las sentencias contra el alcalde instadas por el PP de La Font de la Figuera, pero esta es una a título personal», agrega Cabanes.

La resolución del juzgado de lo contencioso, que tampoco es firme, se centra exclusivamente en uno de los motivos del recurso del demandante para anular la licencia de obras. Según la magistrada, la concesión del permiso impugnado estaba afectada por el acuerdo de suspensión de licencias que adoptó el consistorio en abril de 2015, a raíz de una nueva ordenación prevista en el Plan General que clasificaba como «rural protegida agrícola» la zona en cuestión y de un informe pericial de parte que cuestionaba el uso terciario en los terrenos. Una interpretación de la ley con la que la defensa del ayuntamiento discrepó durante el contencioso.

«Obras sin justificación»

El denunciante, por otra parte, sostuvo que la licencia de obras legalizaba «irregularidades urbanísticas sin justificación y en contra de la DIC», tras enumerar una serie de elementos, usos no permitidos y medidas de integración paisajística a su juicio infringidas en la estación de servicio. La jueza, sin embargo, no llegó a entrar en el fondo de estos asuntos. Por su parte, el ayuntamiento argumentó que no podía intervenir en un expediente de disciplina urbanística tramitado por la conselleria y defendió que la licencia de obras se había concedido «de conformidad con la segunda DIC del complejo, ajustada al proyecto presentado y a los condicionantes de la Generalitat».

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