La Conselleria de Educación ha reducido a 23 alumnos por aula la ratio máxima en las localidades de Xàtiva, Ontinyent, Canals y Albaida en el marco del procedimiento de admisión del primer nivel del 2º ciclo de educación infantil (3 años). Estos municipios se encuentran entre los señalados en un decreto hecho público hoy donde se modifica a la baja el número máximo de alumnado por unidad de escolarización, fijado oficialmente en 25 estudiantes por aula. La reducción del número máximo se aplicará al alumnado matriculado en estas unidades hasta que llegue a 6º de educación primaria

Aunque las limitaciones en cuanto a infraestructuras educativas en condiciones adecuadas y la infrafinanciación que sufre el territorio valenciano provocan que, de momento, no se pueda llegar a bajar la ratio de manera generalizada, esta posibilidad sí que se puede plantear en el nivel en que la mayoría del alumnado accede a su itinerario escolar (3 años), en aquellas localidades en que, por sus características socioeconómicas y demográficas, sea aconsejabl fijar para los centros públicos y privados concertados una ratio máxima de alumnado por unidad o grupo inferior a la establecida.

Según señala el decreto firmado por el conseller Vicent Marzà, "se ha podido comprobar que las ratios elevadas provocan, entre otras consecuencias, una mengua importante en la calidad de la educación". "Es sabido que uno de los factores que incide en la calidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje y en el éxito escolar es la proporción de alumnado por unidad, grupo de escolarización y profesor", continúa el documento. La conselleria quiere conjugar el ordenamiento legal vigente "con la voluntad manifestada por varios sectores de la comunidad educativa relativa a la reducción de las ratios actuales".

Los estudios estadísticos muestran que en determinadas localidades se está produciendo una bajada en el índice de natalidad, lo cual tiene una incidencia directa en el volumen de alumnado escolarizado, según ahonda el decreto. Esta tendencia puede ser aprovechada para bajar la ratio en estas localidades sin incrementar el gasto. Aun así, hay que tener en cuenta que la administración educativa, por un lado, tiene la obligación de asegurar una plaza escolar a cada uno de los niños y niñas que residen en cada localidad, y por otro, debe garantizar la escolarización del alumnado de incorporación tardía que se pueda incorporar al sistema educativo una vez empezado el curso.

Además, el análisis de los datos de escolarización de años anteriores muestra que, en algunos casos, no todo el alumnado de 3 años residente en una localidad solicita plaza escolar en esta misma localidad. La propuesta de bajada de la ratio máxima en el nivel de 3 años, que se prevé en esta orden, combina toda esta información de forma que el resultado final de dividir el número de alumnado potencial, es decir, aquel que está empadronado en la localidad, con el total de unidades de escolarización sostenidas con fondos públicos no puede ser nunca igual al límite fijado como ratio máxima en esta orden, puesto que de otra manera se vería comprometida la posibilidad de atender la incorporación de alumnado recién llegado en estas unidades.

Por eso, la conselleria no ha incluido en el decreto a aquellas localidades en las que, a pesar de haber solicitado que se aplique esta reducción de ratio máxima, se ha comprobado que el número de niñas y niños empadronados, con la distribución actual de unidades para el nivel de tres años, da una ratio superior a la que figura en el anexo de esta orden.