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El juzgado no ve anomalías en la oposición para regularizar una plaza de auxiliar en Xàtiva

El fallo da carpetazo al recurso promovido por el sindicato USO, que impugnó el requisito lingüístico exigido por el consistorio para el puesto

La sentencia se dictó el 6 de junio, aunque la junta de gobierno local de Xàtiva no dio cuenta de su contenido hasta ayer. El juzgado de lo contencioso-administrativo número 7 de València ha dado carpetazo definitivo al litigio entablado por Unión Sindical Obrera de la Comunitat Valenciana (USO-CV) contra el ayuntamiento de la capital de la Costera a raíz de la impugnación de las bases de uno de los primeros concursos-oposición promovidos por la administración local en el marco de la controvertida Oferta de Empleo Público para la regularización de más de medio centenar de plazas ocupadas por personal temporal no funcionario desde antes de 2005.

El fallo, que tiene carácter firme, desestima el contencioso interpuesto en septiembre de 2018 por el sindicato, condenado además a pagar las costas procesales correspondientes. En octubre, el consistorio se negó a suspender el proceso de ocupación -ya culminado-, por lo que las desavenencias terminaron en un tribunal. USO solicitó la revocación del acuerdo que dio luz verde a las bases de la convocatoria, aduciendo tres supuestas irregularidades. La primera estaba relacionada con el requisito lingüístico que obligaba a los aspirantes a disponer del certificado acreditativo o equivalente del nivel elemental de valenciano (B1) para poder acceder a las pruebas de auxiliar de equipamientos públicos. A juicio del sindicato, esta «imposición» era contraria a la normativa. Una acusación desmentida por la corporación municipal, que en la Relación de Puestos de Trabajo de 2008 -el instrumento de organización interna de la plantilla- ya establecía el requisito de disponer de una titulación elemental de valenciano para ocupar la plaza. En una segunda alegación, USO manifestó que la negociación colectiva de las bases de la convocatoria había sido «inexistente». Para rebatir esta afirmación, el ayuntamiento aportó las actas de la Mesa General de negociación, órgano con presencia de todos los sindicatos que abordó y aprobó las particularidades del procedimiento, aceptando «importantes propuestas» de USO. La recurrente también se quejó de la «absoluta indeterminación» del supuesto práctico obligatorio de las pruebas selectivas, que dejaba «al arbitrio y discrecionalidad el tribunal» tanto la materia como el grado de dificultad. El consistorio respondió que es al propio tribunal -como órgano técnico de selección- al que le correspondía fijar los criterios de evaluación.

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