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Condenado el técnico que convirtió en funcionaria a la hermana del alcalde de Aielo

La Audiencia inhabilita 7 años al exsecretario del consistorio y absuelve a la exregidora de Personal tras declarar que no leía lo que firmaba

Al Ayuntamiento de Aielo de Malferit. | PERALES IBORRA

El técnico municipal que en 2012 ejercía como secretario provisional del Ayuntamiento de Malferit ha sido condenado a 7 años de inhabilitación por su papel en la adjudicación irregular de una plaza de funcionaria a la hermana del entonces alcalde de la localidad, José Luis Juan Pinter. La exregidora de Personal del PP, Maria Isabel Vicent Ferri, para quien la Fiscalía pedía 10 años de inhabilitación para empleo o cargo público, ha sido en cambio absuelta por la Audiencia Provincial de Valencia del delito de prevaricación del que se le acusaba.

El condenado, ya jubilado, ocupó en propiedad la plaza de secretario del Ayuntamiento de Vallada entre 1999 y 2016. Sin embargo, en noviembre de 2011 fue nombrado para cubrir la baja del trabajador que desempeñaba estas funciones en Aielo de Malferit, donde apenas permaneció medio año. Poco tiempo antes, los tribunales habían anulado el proceso de concurso-oposición por promoción interna que había ganado la hermana del alcalde porque las bases las había aprobado el propio Pinter por decreto cuando éste debería haberse abstenido por su relación de parentesco con la aspirante, que ya ejercía como administrativa con carácter interino.

Cuando tomó posesión el nuevo secretario, el primer edil le planteó la necesidad de encontrar una solución legal para regularizar la situación de su hermana. La solución del técnico fue convalidar todo el procedimiento anterior emitiendo unas nueva resoluciones en las que simplemente se cambió la firma del alcalde por la de la concejal de Personal, previa delegación de funciones entre ambos. Poco después, el juzgado anuló por segunda vez la adjudicación del puesto e instó al consistorio a iniciar un nuevo proceso selectivo desde el principio.

Los hechos fueron denunciados por el PSPV a la Fiscalía, que apreció indicios de delito tanto en la actuación del secretario como en la de la edil de Personal. Para la Audiencia, en cambio, no resulta probado que esta segunda firmara las resoluciones «con conocimiento y siendo consciente de la ilegalidad de las mismas, aunque llevara tiempo en el ayuntamiento y conociera a las funcionarias inmersas en el proceso selectivo». La regidora declaró que se limitaba a firmar las resoluciones que le ponía delante el secretario sin leerlas, porque se fiaba y dado que ella no tiene conocimientos legales, únicamente la EGB.

En cambio, los magistrados de la sección 2ª la Audiencia entienden que la convalidación planteada por el secretario fue «totalmente arbitraria» y «al margen de todo procedimiento legal», puesto que dio lugar a la «simulación de un procedimiento de concurso-oposición que no había tenido lugar», como pusieron en evidencia «errores groseros y graves» detectados en las fechas o en la lista de admitidos, junto a publicaciones en el BOE que en realidad no se produjeron o plazos que nunca se cumplieron, en virtud de las resoluciones a las que éste dio luz verde. De hecho, el mismo día en que se publicaron las bases de la nueva convocatoria se aprobó también la lista de admitidos con el mismo tribunal, incluyendo como secretario al mismo que llevaba meses de baja en el ayuntamiento.

La sentencia que condena al funcionario como cooperador necesario del delito de prevaricación, concluye que no solo se perjudicaron los intereses generales en juego con la oposición, sino que se vieron afectados otros aspirantes que entendieron desde el principio que los puestos «estaban ya dados» y decidieron no presentarse.

Funcionaria desde 2014

El proceso selectivo por promoción interna volvió a convocarse desde el principio y, finalmente, la hermana del alcalde consiguió de manera definitiva la plaza de funcionaria de carrera en 2014, un año antes de que el alcalde abandonara el equipo de gobierno y a través de otra delegación de funciones, esta vez a la concejal de Educación. Desde el principo, el PSPV censuró la opacidad que rodeó al procedimiento de cobertura y la falta de respuesta a sus numerosas peticiones de información.

Tanto la regidora de Personal como el primer edil -que también es secretario municipal- descargaron toda la responsabilidad en el técnico y en la confianza que en él tenían depositada por su acreditada experiencia y sus conocimientos jurídicos. El condenado declaró que solo iba un día a la semana al Ayuntamiento de Aielo por las tardes fuera del horario del consistorio en el que tenía plaza, el de Vallada, donde también se ha visto salpicado por actuaciones bajo sospecha ligadas a los pagos de la deuda de Valpark en manos del Tribunal de Cuentas. En el juicio negó cualquier interés en favorecer a la hermana del alcalde y limitó las irregularidades iniciales de la oposición a un defecto de forma que consideró subsanable.

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